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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #293674  por Catita_1
 
Me contestan una demanda y me oponen Excepcion de falta de legitimacion pasiva, segun el Codigo de procedimiento laboral de Prov. de Bs. As. el art. 31 dice que las unicas son, Incompetencia, falta de cap.., etc, no esta la que ellos alegan, pero segun Grisolia tambien rigen las del C.P.C.C.B.A. art. 344, 345 inc. 3, y entraria esta excepcion.
Pensaba agregar en el segundo traslado que se la rechaze, pero leyendo a Grisolia dude, si alguin tiene alguna idea, estare agradecida.
 #293684  por MORGAN
 
Lo que dice el art. 31 de la Ley 11.653 -Proc. Laboral Pcia. Bs. As.- es que esas únicas excepciones se prodrán plantear como "PREVIAS" o sea que todas las demás que autoriza el CPCCBA -que es de aplicación supletoria-, podrán también plantearse pero deberán resolverse con la sentencia definitiva, las previas el Juez resuelve al principio del proceso las demás debe diferirlas para el final, se entiende, no?.
 #293715  por Catita_1
 
Gracias Morgan.