Es mi primer tema penal y como no podría ser de otra forma, me lo paso un familiar. El tema es el siguiente: Una persona se lleva el auto de su esposa al separarse de hecho. Entonces, como la esposa tiene poco carácter interviene su hermano (mi cliente) quien llama por telefono a su cuñado y le deja un mensaje en el contestador diciendole "Devolvele el auto a mi hermana porque vas a ir preso". La cuestión es que el tipo que se llevo el auto le hizo una denuncia por amenazas y la misma quedo radicada en una UFI. El auto ya se lo restituyó. Todavía no lo llamaron a indagatoria pero ya lo van a llamar. mi pregunta es que hacer ¿Reconozco la llamada y digo que dicha manifestación no constituye una amenaza? ¿o directamente niego la llamada?. Para mi los dichos de mi cliente no tienen entidad suficiente para constituir una amenaza pero Uds. sabrán orientarme mejor. Desde ya muchas gracias y saludos.
Estimado Urielito: Es cierto, la frase vertida no alcanza para tener repercusión típica. La amenaza requiere la promesa de un mal, que debe ser ilegítimo. Enrostrarle la posibilidad de acudir a la justicia para que dirima el caso, no es una coacción ilegítima.
Negar la existencia del llamado suele ser una buena estrategia, que sólo debe ser chequeada probatoriamente (no sea cosa de que existan grabaciones, por ejemplo).
Como siempre, antes de tomar una decisión, espere nuevas -y seguramente más ricas- respuestas