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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #293654  por analiagab
 
estimados colegas: estaria agradecida si pueden ayudarme:

El caso es una clienta que esta registrada con un contrato a tiempo parcial, pero trabajaba jornada legal 8hs, le pagaban la mitad del sueldo en negro. resulta que la despiden directamente por inasistencias injustificadas, no la intimó a presentar certificados medicos. lo del despido sin justa causa lo podemos probar con los certificados medicos que tiene. ahora bien, en nuestro primer telegrama contestando al despido, ademas de poner certificados medicos a su disposicion, etc., le pedi que registre correctamente la relacion laboral, pague horas extras, todo la intimacion por arts 8-9-11 etc ley 24013 y envie a AFIP. HICE BIEN????

El empleador ya la despidió, por tanto, que hago??? inicio demanda por despido sin justa causa? porque aunque se pueda dar por despedida por registracion defectuosa, el empleador la despidio primero. y segundo: se me va a ser dificil probar que la mitad del sueldo la cobraba en negro, que hago??.MIL GRACIAS!!!!!
 #293659  por GU
 
Si esta despedida, no puede considerarse despedida. El vinculo ya esta roto.

Reclama por el despido incausado (o lo que corresponda) y seguramente tambien por la 25323.

Saludos!
 #293680  por CAROLINA DOCTOROVICH
 
Hola: En tu caso, no es un problema de prueba, dado que si se puede probar la jornadad de 8 hs., ello lleva a probar que cobraba la diferencia en negro. La cuestión aquí es que vos intimaste a la registración cuando el vínculo se había extinguido, por lo tanto no podés invocar la ley 24.013, pero si podrás solicitar el incremento previsto por el art. 1 ley 25.323. Suerte
 #293966  por analiagab
 
DISCULPAs, ME QUEDA UNA DUDA. YA HICE INTERCAMBIO TELEGRAFICO, INTIMANDO POR LA 24013, HORAS EXTRAS Y PONIENDO CERTIFICADOS A DISPOSICION. OBVIO ME CONTESTAN Y ME LO RECHAZAN. VOLVI A CONTESTAR RATIFICANDO Y ESTOY ESPERANDO LA CONTESTACION. Por lo que me dicen lamentablemente le ERRE!!. MI PREGUNTA ES: AHORA QUE YA MANDE LOS TELEGRAMAS, QUE HAGO? INICIO LA DEMANDA POR DESPIDO SIN CAUSA Y AHI PIDO POR LEY 25323 COMO ME DIJERON UDS?? NO IMPORTA QUE EN EL INTERCAMBIO HAYA RECLAMADO POR LA 24013??..... G R A C I A S S I ME A Y U D A N!!!!ESTOY COMPLICADA EN ESTE AREA...PROMETO DEVOLVER EL FAVOR PARA CUANDO ME NECESITEN!
 #294032  por MAE
 
Hola, demanda por lo que reclamaste en el telegrama, de ultima no te haran lugar al rubro de la 24013, pero que lo pruebe el demandado.
Suerte!
 #294041  por CAROLINA DOCTOROVICH
 
Hola: Yo te recomiendo que reclames por la 25.323, dado que el art. 1 no tiene exige el cumplimiento de ciertos recaudos como si lo exige la 24.013. Te planteo esto porque no podés pedir las dos porque son excluyentes, y si pedís la 24.013 no te la van a dar, tampoco te van a dar de oficio la 25.323 y encima te va a cargar en costas en la proporcion de la pluspeticion (al menos en Rosario es así). Yo te aconsejo no mencionar la 24.013 (o bien hacer mención que la misma no puede aplicarse y que en su defecto solicitás el art 1 ley 25.323. ) Estoy a tu disposición. Saludos
 #294449  por MAE
 
Carolina, te cuento que en mi jurisdiccion ( Santiago del Estero) me toco un caso similar y no te cargan las costas por pluspetition simplemente te lo rechazan si te lo impugna la contraparte.
 #294468  por cekfurmann
 
en el dia de ayer envie el telegrama de renuncia y hoy recibo tcl del correo q no ha sido entregado rehusado por el destinatario.
Que debo hacer??