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  • Se Pueden prescribir perí­odos pagos?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #2922  por cortesematilde
 
Tengo el siguiente problema: Situación de revista original desde 07/78 al 02/1996.- Categoría 307.
Registra 3 pagos posteriores a 09/93 .Mi pregunta es si puedo prescribir desde 07 /1993 a 02/1996. porque no quiero que sea tomado en cuenta el último pago de 1996, por el cual figura en una AFJP, en forma automática ,porque nunca hizo la opción.

 #2959  por nani
 
solo se pueden prescribir períodos con deuda y si no optó oportunamente lamentablemente no puede hacer nada, está en una afjp, lo bueno, es que "vuelve" al "estado" cuando se agote lo capitalizado