Hola! a un empleado de la construcción q estaba en negro, le adeudaban 3 salarios. Intimó a la regularización, y el pago de esos salarios. No le contestaron este colacionado, y envió el 2do dándose por despedido, al que si contestaron diciendo que habían contestado el 1ro, el q reiteraban desconociendo la relación.
Los datos q puso en la registración eran: OFICIAL ESPECIALIZADO, INGRESO 05/2006, HORARIO LABORAL: LU A SAB DE 7.30 A 23 Hs, incluyendo Hs. Extras laboradas diarimente. REMUNERACION. $6.04 la hora normal y extraordinarias todas al 100%.
Luego del desconocimiento envió el ult. Q decía atento el distracto denunciado, lo dispuesto en la L 20744 y 24013 intimo en plazo de ley y bajo aper del art 2 Ley 25323, abone indem corresp, salarios adeudados y multa pertinente bajo aper de reclamo judicial.
Conforme ley 25345 intimo en legal plazo entregue certificado art 8’ LCT. Reservo art 132.
Hay errores en la aplicación de alguna ley?, si es así se pueden sanear? Gracias por ayudarme
Los datos q puso en la registración eran: OFICIAL ESPECIALIZADO, INGRESO 05/2006, HORARIO LABORAL: LU A SAB DE 7.30 A 23 Hs, incluyendo Hs. Extras laboradas diarimente. REMUNERACION. $6.04 la hora normal y extraordinarias todas al 100%.
Luego del desconocimiento envió el ult. Q decía atento el distracto denunciado, lo dispuesto en la L 20744 y 24013 intimo en plazo de ley y bajo aper del art 2 Ley 25323, abone indem corresp, salarios adeudados y multa pertinente bajo aper de reclamo judicial.
Conforme ley 25345 intimo en legal plazo entregue certificado art 8’ LCT. Reservo art 132.
Hay errores en la aplicación de alguna ley?, si es así se pueden sanear? Gracias por ayudarme