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  • AYUDA!!! Tenencia y Alimentos en provincia,¿juntos ?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #296615  por juligomila
 
Hola a todos, mi clienta tiene una niña de 10 meses, hace tres meses se fue del hogar que compartía con su pareja, previa denuncia por violencia en la comisaría, ahora va a iniciar alimentos y tenencia, la duda es:lo pido todo junto? cuando esto sucedió el tipo dejo de trabajar, vive con sus padres, les reclamo en subsidio a ellos no?, muchas gracias!!! Julieta.
 #296723  por diegogvillamayor
 
hola como estas, tenencia y alimentos son juicios separados, se incian aparte.
o podes iniciar el alimentos y ahi si podes acordar la tenencia. Pero el reclamo es diferente
o hacer un convenio por todo y homologar.
para poder ir a los abuelos 1 tnes que ir contra el padre y que no pague.

saludos
 #296739  por juligomila
 
Gracias por responderme, entonces me conviene iniciar alimentos y en la primer audiencia pido la tenencia? si yo se que dejó de trabajar el demandado, puedo hacer mencion de ello en la demanda y ahí mismo, pedir en subsidio que respondan los padres en caso de que el demandado no cumpla?, muchas gracias!!!! Julieta
 #297134  por diegogvillamayor
 
hola podes iniciar el alimentos y en la audiencia tratar de llegar a un arreglo por la tenencia tambien. Eso esta bien,.
ahora vos podes mensionar lo que quieras en la audiencia, para poder ir contra los abuelos tenes que tener un convenio homologado e incumplido o una sentencia incumplida. El principal obligado es el padre y para ir contra los abuelos el no tiene que pagar.

saludos
 #298488  por marysol
 
Hola juliogomila:
En provincia son dos tramites diferentes, pero como bien te dijeron podes iniciar el alimento y en la audiencia solicitar la "tenencia legal" ya que ella tiene la "tenencia de hecho".
Pero con respecto a que los abuelos paguen alimentos, no te olvides que la obligacion de los abuelos es subsidiaria, por lo tanto comprende solo lo basico e indespensable y necesitas que haya una cuota acordada al padre y un incumplimiento demostrado de la misma. Recien cuando demuestres eso podes ejecutar los alimentos a los abuelos. Suerte!!