Buen día! Les queria comentar mi caso para tener una opinion más acerca de lo que quiero argumentar.
Es un señor que tiene una incapacidad del 70% que trabajaba en una fabica. Cuando llego al estudio estaba con dos años de licencia (se cumplia el 1º año el 9 de enero de 2009). Entonces nosotras con mi colega le seguimos es tramite de jubilacion (porque se lo habian parado) y empezamos con el tema de la indemnizacion del 212. Este señor nos pide que reclamemos porque no estuvo registrado en ese trabajo desde el 99 hasta el 2005.
Nosotros reclamamos en la intimacion el pago por la indem. del 212 pero doblada por el trabajo en negro, ya que si bien al haber pasado 2 años desde 2005 donde lo volvieron a registrar, ya estaba prescripto, por otro lado este señor nunca hubiese podido reclamar eso por cuestiones obvias de que lo despedian ademas que mantiene a su flia. por lo que no podia arriesgarse. (todabia estamos en etapa extrajudicial, para una audiencia en Direccion de trabajo)
En definitiva.... yo decia que si me argumentan la prescripcion yo puedo argumentar esas circunstancias mas los ppios del derecho laboral.(irrenunciabilidad por ejemplo)
Saludos
Eugenia
Es un señor que tiene una incapacidad del 70% que trabajaba en una fabica. Cuando llego al estudio estaba con dos años de licencia (se cumplia el 1º año el 9 de enero de 2009). Entonces nosotras con mi colega le seguimos es tramite de jubilacion (porque se lo habian parado) y empezamos con el tema de la indemnizacion del 212. Este señor nos pide que reclamemos porque no estuvo registrado en ese trabajo desde el 99 hasta el 2005.
Nosotros reclamamos en la intimacion el pago por la indem. del 212 pero doblada por el trabajo en negro, ya que si bien al haber pasado 2 años desde 2005 donde lo volvieron a registrar, ya estaba prescripto, por otro lado este señor nunca hubiese podido reclamar eso por cuestiones obvias de que lo despedian ademas que mantiene a su flia. por lo que no podia arriesgarse. (todabia estamos en etapa extrajudicial, para una audiencia en Direccion de trabajo)
En definitiva.... yo decia que si me argumentan la prescripcion yo puedo argumentar esas circunstancias mas los ppios del derecho laboral.(irrenunciabilidad por ejemplo)
Saludos
Eugenia