Buenos días a todos.
El tema que tengo para consultarles es el siguiente.
En un juicio laboral, yo voy por la demandada.
En el mes de diciembre llegamos a un acuerdo, en virtud del cual mis clientes abonarían el monto conciliado en seis cuotas. Acordamos con el abogado de la actora que los pagos se llevarian a cabo en las correspondientes audiencias de pago pactadas en el acta. Del mismo modo en la primera audiencia se le abonarian los honorarios y aportes legales al mismo.
Es así que en oportunidad de la audiencia, mis clientes no se hicieron presentes. Yo previamente habia avisado mi imposibilidad de presentarme por contar con otras audiencias.
La consulta es la siguiente:
Mis clientes contarán con el dinero la semana próxima - cinco dias despues de la audiencia-. Debo depositar en autos las sumas o debo presentar un escrito solicitando una nueva audiencia?. Quien calculará los interés correspondientes a la mora? Deposito lo acordado y espero que me intimen?.
Les aclaro que esto es en Provincia.
Muchas gracias
El tema que tengo para consultarles es el siguiente.
En un juicio laboral, yo voy por la demandada.
En el mes de diciembre llegamos a un acuerdo, en virtud del cual mis clientes abonarían el monto conciliado en seis cuotas. Acordamos con el abogado de la actora que los pagos se llevarian a cabo en las correspondientes audiencias de pago pactadas en el acta. Del mismo modo en la primera audiencia se le abonarian los honorarios y aportes legales al mismo.
Es así que en oportunidad de la audiencia, mis clientes no se hicieron presentes. Yo previamente habia avisado mi imposibilidad de presentarme por contar con otras audiencias.
La consulta es la siguiente:
Mis clientes contarán con el dinero la semana próxima - cinco dias despues de la audiencia-. Debo depositar en autos las sumas o debo presentar un escrito solicitando una nueva audiencia?. Quien calculará los interés correspondientes a la mora? Deposito lo acordado y espero que me intimen?.
Les aclaro que esto es en Provincia.
Muchas gracias