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 #297443  por DAL
 
Ja, obvio que no va a decir eso.
Va a decir que es una falta de etica (sancionable) retener documentacion del cliente o demorar injustificadamente su entrega.
 #297575  por Esteban25
 
Si, entiendo.
Pero en el código de ética en ningún momento dice que es antiético o sancionable retener documentación de nuestros clientes.
Es por eso que preguntaba en qué articulo se basaban para decirlo ya que no lo encontré, para fijarme nuevamente.
 #298024  por DAL
 
No conozco el texto de tu codigo pero estoy segura que debe sancionar la no restitucion de documentacion al cliente.
 #298171  por poorlaw
 
Hola a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP":

Cada uno persigue sus honorarios como mejor le parezca... pero humildemente coincido con Marielp, GU y DAL, no está bien retener documentación del cliente.

Con independencia de si tal práctica es ética o no, pienso que es ilegal: no tiene sustento en el art. 3939 del CC, porque la documentación no es la cosa que dá razón a la deuda por honorarios, éstos se deben por razón de la actuación profesional en el caso jurídico, no realiza obras ni servicios sobre la documentación.

Hasta se correría el riesgo de ser denunciado penalmente por apropiación indebida. Los honorarios son un derecho personal cuyo resguardo no autoriza la retención de documentos ajenos, por no ser éstos el motivo de la deuda.

Saludos.
 #298855  por Esteban25
 
Bueno, el codigo de etica de cap.fed. no sanciona la no restitución de documentación por falta de pago de honorarios. Si hablamos, hablemos con justificación en leyes.
Los escribanos lo hacen, si no les pagan la escritura no entregan ni los antecedentes, ni la misma escritura, es un derecho que tienen, no veo por que el abogado no tenga derecho a hacerlo.
El abogado trabajó para que ese acta de cierre laboral se haga. La firmó. Participó del acto. Para mí tiene derecho a retener la documentación por el articulo del código civil.
Ahora si les parece mal o que no se deba hacer, es otra cosa. Pero no es un acto sancionable. Esa es mi opinión.
 #302044  por MAE
 
Si no firmo pacto de cuota litis y el cliente arregla extrajudicialmente , habria alguna forma de poder cobrar por el trabajo realizado en el expediente??