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  • SOY NUEVA EN EL FORO Y QUISIERA HACERLES UNA CONSULTA

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 #297679  por pv_ja05
 
Estimados colegas: Soy nueva en el foro y necesitaba la opinion de otros profesionales para resolver un caso porque no hago penal y tengo algunas dudas.
Mi cliente tiene un locutorio, con kiosco. En momentos que su hijo, que es menor de edad (15 años), junto a un amigo estaban sacando a la vereda un metegol, es agredido a los golpes por el dueño del kiosco de la esquina. Mi cliente al ver que su hijo estaba siendo agredido se mete a defenderlo y golpea fuertemente al otro kioskero. Se realiza la denuncia por lesiones.
Consulta:
- Puedo iniciar la acción civil por daños y perjuicios al menor, sin presentarme en la causa penal?
- O tengo que presentar al menor, representado por el padre, como particular damnificado (es en san miguel, pcia. bs.as.) en sede penal primero?
- Tendran algun modelo de presentación como part. damnificado?
Desde ya agradezco si me pueden dar una mano y aclararme el panorama.
Saludos
 #298041  por Moniluj
 
La acción civil es independiente de la causa penal, podés iniciar solamente el d y p. También podés intentar ambas, aún dentro del expte penal: constituyendo a tu cliente en particular damnificado y como actor civil, lo hacés en el mismo escrito, entonces hacés competente al juez que lleva la causa por lesiones para resolver el tema de la indemnización civil. Pero eso queda a criterio del cliente y tuyo, si ves que el kiosquero agresor tiene con que responder tirate al d y p, solitando inmediatamente alguna medida cautelar... si no es solvente, con constituirse en particular damnificado en la causa penal, estaría.
 #302770  por BuitreBueno
 
Segun que lesiones sean, si son leves, en sede penal termina con el archivo de la causa o en el mejor de los casos con la probation, con una reparacion que raramente supera los $ 50. Es ampliamente recomendable la demanda civil, directamente. Ahora si son lesiones graves, es otro cantar....
Un saludo