Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DESPIDO ESCUELA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #297557  por SIL_27
 
HOLA: les comento este tema que me tiene preocupada

Un cliente trabajaba como portero en un colegio (escuela nro. 7), hasta que un dia le diejron que no habia mas trabajo y que no fuera mas, obviamente estaba en blanco.
Le mandamos un telegrama para que le otorguen tareas, no contestaron y envio otra en la cual se consideraba despedido, me comunique con la dirección general de educacion estatal, y me pasaron que mil lugares mas pero no hay ninguna novedad.
Me aconsejan pedir una audiencia??? el tema es que como es una escuela nose si el procedimiento es diferente.
Agradeceria muchisimo alguna respuesta.
 #298279  por SIL_27
 
por favor, alguna respuesta, estoy bastante preocupada por esto.
Gracias
 #298357  por MORGAN
 
Privado, estatal, antiguedad?
 #298534  por ricar2
 
si es una escuela estatal , el cese se produce por finalizacion de la suplencia caso contrario deberia continuar.
si es un colegi privado fijate cua es el convecio que rige , prsonal de maestanza.
 #298688  por SIL_27
 
Hola es una escuela estatal, antiguedad 8 años y es que no le otorgaban tareas, espero casi 6 meses y mandamos el primer telegrama pqra que le otorguen tareas y despues otro considerandose despedido.
Me parece que me equivoque no????
Como puedo soluciona esto y reclamar aunque sea una indemnización?
Mil gracias
 #298817  por ricar2
 
cual es su situación de revista titular, provisional o suplente?percibe sus haberes? la designacion la realiza el consejo escolar , quien debe asignar las tareas dentro del establecimiento es la dirección del mismo. el titular tiene continuidad en su cargo. el suplente cesa con la reincorporación del titular y el provisional cesa por desplazamiento producido por un titular. el cese de suplente o provisional , lo debe hacer la escuela y el debe notificarse.
si , esta persona sigue percibiendo sus haberes, y no tiene asignada tareas en el establecimiento debería requerirlas por escrito a la direccion del establecimiento.
si no percibe sus haberes hay que ver: el contralor que envia mes a mes la escuela para determinar si es unproblemas adminstrativo del establecimiento o de contralor de la plata.