Estimados colegas: Los molesto porque tengo una duda y son mis primeras consultas: Vino un cliente, se quiere divorciar y su esposa esta de acuerdo, el señor me dijo que se caso en 2003 y está separado desde 2006, sin embargo cuando me trae la documental veo que contrajo matrimonio en 2005 ( en 2003 se unieron en concubinato)la pregunta es: no hay manera de que se puedan divorciar según art 214 ó 215?.
mira entiendo que si se casaron 2005, tenes hasta la fecha 3 años justitos para un 215 , tres años de matrimonio , existencia de causas graves que hacen moralmente imposible la vida en comun.
depende el juzgado puede ser un abogado para los dos. fijate y suerte!