Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • INICIO SUCESION AYUDA POR FAVOR

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #299405  por drgerman
 
Estimados estoy necesitando por favor si me pueden dar una mano en el inicio de una sucesión, dado que se me dificulta saber que tengo que acreditar y acompañar cuando hago referencia al vinculo hereditario. Mi problema es el siguiente : carla y jose casados en primera nupcias tienen una unica hija marta. Fallece Jose.
y Carla se casa en segundas nupcias con raul. Este, -ya viene con dos hijos de su primer matrimonio-. Fallece este último(Raul) y luego lo hace la viuda(carla) en segundas nupcias. No hay sucesión iniciada, me contacta la hija marta para iniciar la sucesión. Que hago? Basta solo acreditar el certificado de defunción de Carla y la partida de nacimimento de marta. Así como la partida de matrimonio de sus segundas nupcias? Tengo que iniciar la sucesión de raul tambièn teniendo en cuenta que hay bienes ganaciales solo del segundo matrimonio? Denuncio a sus herederos (hijos de raul) pero no se sus domicilio que hago?

Les agradeceria si em pueden explicar como inicio esto y que tengo que acreditar en cuanto a partidas.

Por último, Carla, fallece en prov. de buenos aires y su partida de defunción es de provincia pero SEÑALA QUE ULTIMO DOMICILIO ES CAPITAL. Me haràn problema para iniciar la sucesion en capital, si acompaño certificado de defuncion de bs as con domicilio en capital? de todas formas no em queda otra!

Gracias, y quedo a la espera de sus respuestas.
 #299444  por SALINASPAU
 
TEndrias que iniciar la sucesion de ambos, en conjunto, de carla y de raul. Partidas de defuncion de ambos y de matrimonio. Partida de nacimiento de marta. y denunciar los hijos de raul, que se buscaran los domicilios mediante oficios al RENAPER, Camara Electoral y Policia FEderal. Respecto de la competencia, es el ultimo domicilio del causante. Deberias iniciarla en Capital. Asimismo, cualquier cosa, puede la presunta heredera, efectuar prorroga de jurisdiccion.
De ser necesaria otra partida, como ser la defuncion del primer marido de carla, el juzgado te la mandara a perdir.
Suerte.