Hola gente del foro! Tengo una clienta que trabaja unas 16 hs. semanales en una institucion religiosa (Iglesia Evangelica) realizando tareas de maestranza y jardineria, con 15 años de antiguedad. Ahora la quieren despedir y le dicen que no le corresponde indemnizacion. Segun ellos, le corresponde el Estatuto del Servicio Domestico. Entiendo que ese estatuto no resulta aplicable porque el empleador no es el dueño de una casa de familia sino una entidad religiosa. Mi pregunta es: les parece que entraria esta señora como trabajadora a tiempo parcial dentro del convenio de los trabajadores de entidades deportivas y civiles (sindicato UTEDYC)?