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  • Divorcio art. 215 CC, plazos, único letrado.

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #299323  por Paulyta
 
Buenas a todos,
les cuento que es el primer divorcio que voy a iniciar, por el art.215 CC y tengo algunas dudas en las que espero puedan aconsejarme:

1.- El plazo del C.Civil, se refiere a 3 años dsd la celebración del matrimonio, debe ademas también reunir 3 años de separación de hecho al momento de iniciar la demanda, o eso es solo en caso del 214 inc 2???

2.- Al ser por presentación conjunta, podría representar a ambos conyuges? (tramita en quilmes)

3.-En la demanda se presenta un acuerdo sobre alimentos y cesión de la porción ganancial de la vivienda por parte del Sr. a favor de sus hijos, en caso de incumplimiento del alimentante, al yo haberlo patrocinado también a él en el divorcio, incurriria en falta de ética al promover la ejecución de alimentos en su contra???

4.-Cual es el monto de la tasa de justicia que se debe abonar?

Gracias a todos, espero sus opiniones!
 #299385  por ivan73
 
3 años solo dde la realizacion del matrimonio.
EnQuilmes, al parecer, podes hacerlo sola para las dos partes.
La tasa de justicia es el porcentaje de la valuacion fiscal de los bienes ganaciales.
Saludos
 #299879  por Paulyta
 
Gracias Ivan!
Solo espero que el Sr. cumpla con los alimentos a su cargo, ya que hoy por la mañana consulté en el colegio y al parecer podría dar lugar a una sanción disciplinaria, si luego intentara la ejecución en su contra...,habrá que buscar algún colega!