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  • DESPIDO DE EMPLEADO ESTANDO DE BAJA MEDICA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #301143  por Motley Crue
 
Amigos, tengo un cliente que lo despidieron estando en baja medica por un accidente que sufrio prestando sus labores, la pregunta es:
REchazo el telegrama por improcdente y ya que la persona quiere serguir trabajando intimo a que se retracten bajo apercibimiento de considerarme despedido por su culpa y a que abonen las indemnizaciones correspondientes + la del art. 213?

mil gracias
 #301167  por corbella
 
Colega: si lo despidieron, la retractación invariablemente es una utopí. Entiendo que deberá intimar al pago de la indemnizacion respectiva. No existe la prohibición de despido sino las indemnizaciones agravadas. Lorena P. Corbella
 #301184  por Milla
 
Hola.
Yo coincido.
Vas a tener que reclamar la indemnizacion agravada e iniciar el Seclo para poder negociar mas seriamente.
Incluso creo que podes reclamar los salarios hasta el alta medica.
Esto ultimo por las dudas chequealo bien.
Un beso, Milla
 #301320  por MORGAN
 
De que indemnización agravada hablan?, Fue despedido sin causa debés intimar a que le abonen la indemnización correspondiente, por lo demás está bajo el régimen de la LRT.
 #301501  por DAL
 
Eso es para accidentes y enfermedades inculpables no para accidentes y enfermedades laborales, que se rigen por la LRT. La aplicación del 213 al sistema de LRT esta más que controvertido.
 #301934  por Motley Crue
 
Muchas gracias por la informacion, entonces la liquidación seria una común si lo hubieran despedido? puedo reclamarle algo mas al empleador por haberlo despedido no habiendo estado de alta? A la ART como inicio el reclamo?
mil gracias
 #301976  por corbella
 
Colegas: mi respuesta ha dado lugar a dudas. Empero entiendo haber sido lo bastante clara: NO HAY PROHIBICIÓN PARA LOS DESPIDOS, SINO INDEMNIZACIONES AGRAVADAS DE CORRESPONDER. Afirmación desde lo general. No que este era el supuesto de una indemnización agravada, por lo cual referí que debe reclamar la indemnización por despido, la que corresponda. Para el supuesto 245 LCT. Atte