POR FAVOR NECESITO MODELOS DE TESTIMONIO PARA EXPEDIR POR UNA SENTENCIA DE DIVORCIO, MUCHAS GRACIAS,
testimonio de sentencia de divorcio vincular
TESTIMONIO
Bahía Blanca, primero de agosto de dos mil siete.- AUTOS Y VISTOS: Estos autos traídos en estado de dictar sentencia, caratulados Perez, Juan y López, Fulana s/ Divorcio Vincular por presentación conjunta, y RESULTANDO: Primero) Que a fojas doce se presentan Fulana López y Juan Pérez, ambos por su derecho y con el patrocinio letrado de la Doctora María Leguleya; promoviendo demanda de divorcio vincular por presentación conjunta y solicitando la homologación del acuerdo que acompañan sobre tenencia, régimen de visitas y alimentos.- Relatan que contrajeron matrimonio el día diecisiete de febrero de mil novecientos noventa y cinco, naciendo de dicha unión Juancito Pérez el veintitrés de junio de mil novecientos noventa y cinco y Fulanita Pérez el veintisiete de agosto de mil novecientos noventa y ocho y que la relación conyugal comenzó a desgastarse por causas graves, que hicieron imposible la vida en común, separándose de hecho sin voluntad de unirse en primero de diciembre de dos mil seis.- Continúan refiriendo que han acordado la tenencia de los hijos a favor del padre; quienes continuarán concurriendo a la escuela Domingo Faustino Sarmiento, como lo hace en la actualidad.- La Señora López gozará de un amplio régimen de visitas, pudiendo llevar a los menores a pernoctar a su domicilio, cada vez que ellos así lo deseen.- Con respecto a las fiestas de fin de año, los menores pasarán veinticuatro y veinticinco de diciembre con un progenitor y el treinta y uno de diciembre y primero de enero con el otro.- Las partes acordarán todos los años qué fiestas pasarán con cada uno.- En cuanto a los cumpleaños de los padres, los menores pasarán con la madre el cumpleaños de ésta y con el padre, el cumpleaños de éste.- Asímismo, los padres podrán salir de vacaciones con sus hijos dentro del país.-Convienen, respecto de la cuota alimentaria, que la misma será abonada por la Señora López y estará representada por la suma de una cuota mensual xxxxx pesos, la cuál será abonada por ella en la cuenta denunciada en autos.- Ante la falta de pago de la cuota, el Señor Pérez podrá solicitar se oficie al empleador de la Señora López a fin de que deposite el monto de la cuota en una cuenta mencionada.- Por último, efectúan el petitorio de práctica. Segundo) Que a fojas quince se dio curso a la acción, realizándose a fojas dieciséis y diecisiete las audiencias previstas por el artículo doscientos treinta y seis del Código Civil. Posteriormente, a fojas ocho se expidió de conformidad con el fondo de la cuestión la Señora Secretaria de la Fiscalía General Departamental, Doctora ..., haciendo lo propio a fojas nueve la Señora Asesora de Menores interviniente, Doctora ..., prestando conformidad con el acuerdo sobre tenencia, alimentos y régimen de visitas de los hijos menores. En tal marco, se llamaron a fojas nueve vuelta. autos para dictar sentencia, providencia que a la fecha se encuentra firme. Y CONSIDERANDO: I.- Que el vínculo que une a las partes y el nacimiento de sus hijos, se encuentra acreditado mediante el certificado de matrimonio agregado a fojas nueve y los de nacimiento de fojas diez/once (artículos setenta y nueve, ochenta, ciento noventa y siete y concordantes del Código Civil, trescientos ochenta y cuatro, trescientos ochenta y cinco y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial). II.- Que en los supuestos de divorcio por presentación conjunta, el pronunciamiento a dictarse debe limitarse a establecer que sólo se han tenido en cuenta las manifestaciones verbales que las partes expresaron en las audiencias realizadas en el proceso; por cuanto el legislador impone al Juez que dicte sentencia basándose únicamente en las alegaciones y declaraciones de los justiciables, las que serán apreciadas conforme el prudente arbitrio judicial, debiendo considerarlas - en su caso - como suficientemente graves como para hacer moralmente imposible la vida en común (JULIO J. LàPEZ DEL CARRIL, Régimen del Matrimonio, Separación y Divorcio , Editorial Depalma., mil novecientos noventa y nueve, páginas doscientos dieciocho, doscientos cuarenta y cinco/doscientos cuarenta y seis; BORDA, Familia... , cuarta edición, Tomo primero número trescientos noventa y cuatro; CARLOS H. VIDAL TAQUINI, Matrimonio Civil , Editorial. Astrea, mil novecientos noventa y uno, página ochocientos cuarenta y siete). En tal marco, habiendo las partes expuesto ante el Juzgador los motivos graves que hacen moralmente imposible la convivencia en el estado actual de las relaciones conyugales; se impone decretar su divorcio vincular con los efectos de los artículos. Doscientos diecisiete, doscientos dieciocho y concordantes del Código Civil s/ley veintitrés mil quinientos quince, lo que así dejo decidido; con costas en la forma pactada, en parte iguales (artículos setenta y tres y ciento sesenta y tres de Código Procesal Civil y Comercial). III.- Que en cuanto a la sociedad conyugal, corresponde declararla disuelta al día de presentación de las partes, esto es, conforme el cargo de recepción obrante a fojas catorce (artículo ciento veinticuatro del rito), el veintisiete de noviembre de dos mil seis; lo que de tal manera resuelvo (artículo mil trescientos seis del Código Civil). IV.- Que por último, corresponde homologar lo convenido por las partes en el inicio en cuanto a la tenencia, régimen de visitas y alimentos de los hijos menores, lo que así dispongo, (artículos doscientos treinta y seis del Código Civil y trescientos nueve del ritual). En virtud de lo hasta aquí expuesto y lo normado por los artículos setenta y nueve, ochenta, ciento noventa y siete, doscientos quince, doscientos diecisiete, doscientos dieciocho, doscientos treinta y seis, mil trescientos seis y concordantes del CODIGO CIVIL; setenta y tres, ciento veinticuatro, ciento sesenta y tres, trescientos nueve, trescientos ochenta y cuatro, trescientos ochenta y cinco y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial, FALLO: Primero) Haciendo lugar a la presente demanda y en consecuencia, declarando divorciados a los cónyuges Juan Pérez y Fulana López, por resultar moralmente imposible la vida en común y disuelta la sociedad conyugal al día veintisiete de noviembre de dos mil seis.-. Segundo) Homologando lo convenido por las partes en el inicio respecto a tenencia, régimen de visitas y alimentos…. Regístrese. Notifíquese.- Fdo.: PEpito... ESCOPIA.-----------
El presente es copia fiel de su original que obra a fojas diez, diez vuelta, once, once vuelta y doce de los autos caratulados “PEREZ, JUAN y LOPEZ, FULANA s/ DIVORCIO VINCULAR” – Expte N° xxxxx/xx en trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial Nº xx del Departamento Judicial de.... Expido el presente por mandato judicial que sello y firmo en la ciudad de ..., a los días del mes de de 2009.-------
Fijate este si te sirve. Saludos.-