TENGO EL ACTA DE CIERRE DE MEDIACIÒN....CUAL ES EL PLAZO QUE TENGO PARA INICIAR LA DEMANDA EN CAPITAL.... GRACIAS!!!
Hola,
El tema del plazo para iniciar la acción, es mas que nada para que el mediador te reclame o no los honorarios.
Ahora bien, siempre tené en cuenta la prescripción, recordá que se suspende por una sola vez y x un año ( siempre y cuando no hayas puesto en mora a la otra parte).
saludos
catalina