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 #305765  por estudio_sca
 
Hola gente, bueno como estoy medio perdido en el tema penal (soy civilista) me encuentro con un caso que quiero exponer a ver que opinan:
La cuestión es que mi cliente tiene su vehículo y cuando acude al registro de la propiedad automotor para venderlo le dicen que el hace 1 año que ya lo vendió. Recurre a mi vemos el legajo de vehiculo y efectivamente el año anterior se presento una persona con documentación falsa haciendose pasar por el denunciando que había perdido la documentacion del auto y pide copia y hace la transferencia. El auto que se vende (el trucho digamos ) esta actualmente en secuestrado porque el que lo compro al intentar venderlo se encuentra con que el automotor tiene motor y chasis adulterado.
La cuenstión es esta como encaro la denuncia penal contra el gestor que hizo la transferencia junto al que se hizo pasar por mi cliente y el policía que extendió la verificacion del vehiculo trucho ...
En lo civil ya estoy haciendo una acción de nulidad para que se deje sin efecto la venta ...
Bueno esa es mi duda espero sus respuestas ...
 #306052  por bcsabogados
 
Estimado Colega: En lo personal iniciaría una denuncia (o mejor, querella, para poder impulsar y controlar la investigación, e incluso, para interrumpir el plazo de la prescripción en sede civil) con un simple relato de los hechos que lo damnifican que son dos: la falsificación de los documentos del cliente, y su utilización en la transferencia del rodado.
En principio, sólo dirigiría el relato de los sucesos contra quien llevó adelante la conducta ilícita (que es quien se verá responsable en la penal), aunque, claro, mencionando al gestor e incluso al Registro de la Propiedad Automotor que no tuvo la diligencia debida en corroborar identidad. De todos modos, tome esto sólo como una primera aproximación
 #307970  por VeroZAva
 
Buenas tardes:Tal como lo presentas, parecerìa que muchas personas se pusieron de acuerdo para hacer algo ilegal. Es muy raro que en el Registro no hayan tomado todos los recaudos para verificar que lo presentado no es lo real. Para tomar un tramite, en el Registro te solicitan verificaciòn, la cual realiza la policia, lo q hace el Registro es ver que esten los datos correctos tal cual estan el legajo y q la planta verificado y el verificador sean los habilitados. LA firma del form 08 como vendedor, puede estar certificada por el Registro Automotor o un Escribano, no sé cual fue en tu caso. Son muchas cosas que se tienen en cuenta antes de tomar una transferencia. Cualquier cosa, aqui estoy. Saludos
 #323615  por analiascarpati
 
Buen dia, mi nombre es Analia scarpati y mi consulta es por que estoy desesperada...
hace una semana compre un auto, el cual pague de contado 10 mil pesos y me hice cargo de la deuda de patentes de 2mil pasos mas. El preblema surge cuando a los 5 dias de usarlo no funciona y descubrimos que el blog del auto esta roto,que seria como que el motor ya no sirve y es donde va el grabado de los numeros. arreglo el cual sale unos 3mil pesos y nada garantiza q se arregle, soni otra solucion es comprar un motor que usado sale unos 7mil pesos, sin contar todos los tramites que eso significaria, ya que habria que dar de baja el motor nuestro y habiliatar el nuevo. El hecho es que yo no contaba con esa informacion y de haber sabido no compraria el auto, el dueño anterio no se hace cargo y yo siento haber sido estafada, ya que compre un auto que no me sirve y lo tengo tirado en un taller. Ustedes me podrian decir si hay forma de que el dueño se responzabilice por venderme algo que no sirve en mi total desconocimiento, ya que me lo vendio como bueno.????? por favor espero su respuesta. Gracias.-
 #323656  por feragus
 
El que lo vendió se tiene que hacer cargo. Eso se llama vicio redhibitorio de la cosa (el auto) y tiene que responder el vendedor. Es como si alguien vendiera un caballo de carrera y el caballo es asmático o tiene un problema que no es fácil de detectar. Recurrí a un abogado para que inicie las acciones legales que correspondan.-
Suerte.-
 #324358  por PenalistaCBA
 
estudio_sca escribió:Hola gente, bueno como estoy medio perdido en el tema penal (soy civilista) me encuentro con un caso que quiero exponer a ver que opinan:
La cuestión es que mi cliente tiene su vehículo y cuando acude al registro de la propiedad automotor para venderlo le dicen que el hace 1 año que ya lo vendió. Recurre a mi vemos el legajo de vehiculo y efectivamente el año anterior se presento una persona con documentación falsa haciendose pasar por el denunciando que había perdido la documentacion del auto y pide copia y hace la transferencia. El auto que se vende (el trucho digamos ) esta actualmente en secuestrado porque el que lo compro al intentar venderlo se encuentra con que el automotor tiene motor y chasis adulterado.
La cuenstión es esta como encaro la denuncia penal contra el gestor que hizo la transferencia junto al que se hizo pasar por mi cliente y el policía que extendió la verificacion del vehiculo trucho ...
En lo civil ya estoy haciendo una acción de nulidad para que se deje sin efecto la venta ...
Bueno esa es mi duda espero sus respuestas ...
Según se ha planteado la cuestión... y desde la estricta óptica de la dogmática penal, considero que su cliente no reviste la calidad de víctima directa de delito penal alguno. No obstante esta perspectiva penal; creo que es la perspectiva civil en donde su cliente se encuentra directamente afectado, y en donde rendiría más sus frutos el redoblar los esfuerzos... ya que ha sido frustrado un negocio jurídico que su cliente intentaba realizar, y esto es para él lo realmente resarcible....

-Tome en cuenta que su cliente en verdad NUNCA fue desapoderado de su vehículo... sino que más bien se utilizó su información registral a fin de crear un AUTO GEMELO, el cual fue vendido a una tercera persona, -consedamos la calidad de comprador de buena fe a este tercero-, por lo que entonces, este comprador de buena fe sería el real afectado penalmente por la maniobra (que prima facie sería estafa)... y en cuanto a la creación de instrumentos públicos necesarios para la maniobra (tarjeta verde y titulo de automotor), en donde consta la información registral de su cliente, dicho delito es en directo perjuicio de la fe pública que revisten estos, por lo que el afectado penalmente es el estado...

Como verá Hasta aquí, su cliente es vítima de lo que llamo, el daño colateral que causa del delito; más -salvo extensión desmedida de la dogmática- NO es afectado directamente por la maniobra en si. Y al NO existir una figura penal autónoma que contemple como figura delictiva el apoderamiento de datos registrales de su cliente, su cliente está al margen de ello.-

Quizás una UFI desprevenida del análisis efectuado supra, lo admita como particular damnificado, ya que lo puede considerar penalmente ofendido por la maniobra. Y de ser así, creo que su principal actividad deberá dirigirla a crear los presupuesto de la responsabilidad civil a fin de reclamar a TODOS los involucrados en la maniobra, los daños y perjuicios sufridos a consecuencia del delito, que no es otro que la frustración de la venta del automotor... 8)

Es mi humilde opinión... :shock: :P