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Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #305981  por Catalina73
 
Tengo un cliente que tiene un cyber, y hace unos días le cayo a su local un señor diciendo que es representante de SADAIC. Bueno el tema es que le dijo que si él escuchaba musica, por radio o por internet, debe pagar $60 y por tener computadoras con auriculares es un importe de $3 por cada pc. De no querer abonar esa suma debe quitar los parlantes de la pc y no tener ni la radio encendida....pregunto esto es así??? alguien sabe como funciona esto??? Espero puedan orientarme...
 #306253  por Alberto Auní©
 
Este tema comenzó a tomar estado público cuando SADAIC intimó a la dueña de un ciber en Mar del Plata por este tema meses atrás.
Tuvo repercusión y la entidad argumentó, en varias notas y reportajes radiales, que la ley vigente comprende las nuevas tecnologías, al decir que se paga por la música que se reproduce pero no por cuál medio.
No hay hasta ahora, que yo sepa, dictámenes judiciales sobre estos derechos de cobro.

Algunos links:

http://www.lacapital.com.ar/contenidos/ ... _0044.html

http://www.abogados-rosario.com.ar/noti ... p?nid=2199

http://www.ellitoral.com/index.php/ver/ ... p/vf_pag/4


Alberto Auné
 #311807  por juanjuanpablo
 
SADAIC tiene todos los derechos para cobrar en nombre de los interpretes y compositores. Hay un fallo de la corte, me parece que es del hotel Hilton, que perdío el juicio por tener radios en cada habiacion y tuve que pagar una fortuna. Y sigue pagando un canon por mes. Si es poca plata por mes que lo pague. El tema de los auriculares sed lo podes pelear un poco, te recomiendo que arregles que no te cobren los auriculares porque no andan o porque los clientes del cyber no escuchan musica sino que lo usan para chatear (por ej) y lo otro pagalo.
Saludos
 #311950  por alelifich
 
En realidad peude hacerlo porque se considera ejecución pública. Y por otro lado ¿cómo prueba que en ese local se escucha música registrada? . Por otro lado si te enganchó escuchando música registrada justo en ese local bueno, ahi ya es otra cosa pero en cuando a las pc no tenes forma de controlar qué hacen los clientes de un cyber. Sólo tenes obligación de poner un filtro antiporn que eso lo ordena el gobierno de la ciudad pero no podes inmiscuirte en la intimidad del cliente y controlar qué hace. Y tampoco se peude presumir que toda persona que usa en una compu en un cyber escucha música, así que yo creo que lo podés encararpor ahí.
Esto vale para radio también.
 #311979  por Catalina73
 
Gracias a todos lo que opinaron. Por un lado estoy de acuerdo con lo que exponen, pero el tema que más tendrían que hacer incapié es en las paginas web que son quienes suben las canciones, quienes te dejan bajarlas y grabarlas y demás; ahora que por el solo hecho que uno tenga una radio prendida tenga que pagar... no me cierra; acaso las radios no pagan a SADAIC para poder difundir la musica?, por un lado, por el otro no me parece logico que por el solo hecho de tener una pc o cyber con juegos en red tenga mi cliente que sacar los parlantes y los auriculares porque ellos pueden "sospechar" que la gente escucha musica...
En EEUU se condenó a un bajador de muscia muy famoso y conocido porque obviamente se trataba el tema de la piratería, y aunque nos duela es así y es entendible, pero por el solo hecho de escuchar musica... siendo que un cyber no lucra por musica que tenga que abonar para escuchar me parece un horror. Sigan opinando que me re interesa las opiniones de todos. Saludos.- :mrgreen:
 #312000  por alelifich
 
El dueño del local no es responsable de lo que se bajen los usuarios simplemente porque no puede controlar que páginas visitan. Así como hay páginas que tienen material con copyright y lo suben ilegalmente a la red, tambiñen hay sitios que no lo hacen, y el navegante no tiene la culpa ni es responsable por lo que sube un webmaster a su página. Nadie puede condenarte por visitar una página que te gusta y que no hiciste porque usa material registrado en forma ilegal. No tenes forma de probarlo ni de controlarlo. Además proque te estarías metiendo con derechos personalísimos enumerados en la misma CN, como el de la intimidad. Es por eso que el dueño del cyber no puede hacerse responsable de eso. Yo creo que lo podés encarar por ahí para zafar pagar lo de las compus. Porque si te engancharon que en el local escuchas música registrada o radios sí pueden exigirte que les pagues. Pero no por las compus.

El tema que citás de EEUU, no es tu caso, no te hagas problema, igual tampoco que es tan sencillo el tema de probar cuál es el usuario que efectivamente baja la música. Ser dueño de una IP no implica ser dueño del usuario que lo bajó.


Como ya te dije, lo unico que pueden hacer los dueños de los cybers es poner el filtro antipornografía el cual es obligatorio, más allá de eso no se peude hacer nada más.
 #312002  por alelifich
 
Por otro lado están jugando con la presunción de inocencia. Como sabrás la piratería es un delito penal. Nadie puede acusarte de un delito basado en una presunción sin asidero. No podés presumir que una persona comete undelito, tenes que probarlo con pruebas fehacientes y unos auriculares no prueban nada y muestra la ignorancia de esta gente que no sabe que los auriculares sirven para no molestar a los demás usuarios y que yo puedo estar hablando con el mic por chat con un amigo y no escuchando música. Puedo inclusive estar jugando a un juego de pc, totalmente legal que tiene música y no podés venir a querer cobrarme por eso. Yo creo que tenés que mandarte por ahí, en la inconsistencia de la prueba y que esas sospechas son infundandas y no hay pruebas en tu contra y que no se pueden basar en una presunción que enicma no tiene pies ni cabeza.
 #495302  por sils2005
 
Hola soy abogada de un sindicato que tiene un salon de fiestas para los afiliados (se les cobra el servicio para el mantenimiento de las instalaciones, pero sin fines de lucro). Ahora bien, gente de SADAIC nos intima permanentemente para que los usuarios afiliados en lo que yo considero un evento privado paguen los dchos de ley. Mi pregunta es porque hay que pagar los dchos de autores si el evento se produce en un salon privado, fiesta privada y sin fines de lucro?.
Tambien interpreto que la ley 11723 en su art 36 habla de reproduccion pero no en que tipo de lugares. La verdad no lo entiendo si alguien me puede aclarar algo. Saludos.-
 #546087  por alelifich
 
En los eventos privados sí se cobra derechos de SADAIC. De hecho lo pagan todos los salones de fiesta, boliches y teatros. Pasa por el tema de la ejecución pública, la cual está prohibida sin permiso, no por el lucro. El tema es que no suele cobrarse por un tema de que es casi imposible controlar las fiestas privadas, llámese, si yo hago una reunión en mi casa. No es el caso, pero los salones para fiestas..TODOS PAGAN DERECHOS DE SADAIC.. te repito: no por el lucro..sino por la ejecución pública. Espero haberte ayudado, lástima que la respuesta no es lo querías escuchar.
 #546090  por alelifich
 
Lal ley 11723 habla de ejecución y la prohibe expresamente, no importa dónde. Incluso hay fallos donde les hacenpagar a los hoteles por la música funcional de las habitaciones
 #547801  por nonbis
 
En salones de fiesta, yo solía instruir al quien estaba en recepción (en la puerta, bah) que, cuando llegara el agente de SADAIC o AADI CAPIF tuviera un cierto número de tarjetas entregadas por los asistentes y ese es el número que le tenía que decir para que en base a eso le cobraran. Si el agente no aceptaba el número de invitados, que él mismo entrara y contara... Nunca pagaron un peso de más (y bastante de menos...). Pero los salones para fiestas DEBEN abonar el cánon que es un porcentual sobre el precio de tarjeta y cantidad de asistentes. Saludos
 #1199377  por ledesmafabio
 
Hola: me interesa el tema, que pasa si el evento es un cumpleaños de niño (privado) pero en un local alquilado y la música que se pasa es sin copyrigth. Existen bancos de música en internet libres de uso. Debo pagar igual el impuesto?
 #1199603  por IVANMKTRES
 
ledesmafabio escribió: Mié, 02 May 2018, 13:42 Hola: me interesa el tema, que pasa si el evento es un cumpleaños de niño (privado) pero en un local alquilado y la música que se pasa es sin copyrigth. Existen bancos de música en internet libres de uso. Debo pagar igual el impuesto?
Tenes que ir con un abogado para que le expliques bien y que despues te asesore