La pregunta es tan tonta que no se le respuesta.
Litigo en Rosario, contra una empresa de Capital Federal con sucursal aquí (es una Sociedad Anònima). Mandé como 5 cédulas a lugares distintos notificando demanda, todas vienen de vuelta porque se van mudando. La última cédula se dirigió al domicilio que figura como domicilio legal y de la sede en la IGJ (osea que la notificación es válida conforme doctrina y jurisprudencia), no obstante, me vino la carta de vuelta informando que se mudó. Es decir, la notificación volvió al remitente. Pero reitero, conforme Código Civil, Ley de Sociedades, doctrina y jurisprudencia, esta notificación es válida.
La pregunta es: Tengo que esperar el plazo para que contesten demanda igualmente? porque es obvio que si no la recibieron no la van a contestar, es decir, acompaño la cédula y el informe de la IGJ argumentando la validez de la notificación y solicito que se tenga por no contestada demanda? ahora? o luego del transcurso del plazo legalmente habil para contestar.? Gracias al que me pueda orientar
Litigo en Rosario, contra una empresa de Capital Federal con sucursal aquí (es una Sociedad Anònima). Mandé como 5 cédulas a lugares distintos notificando demanda, todas vienen de vuelta porque se van mudando. La última cédula se dirigió al domicilio que figura como domicilio legal y de la sede en la IGJ (osea que la notificación es válida conforme doctrina y jurisprudencia), no obstante, me vino la carta de vuelta informando que se mudó. Es decir, la notificación volvió al remitente. Pero reitero, conforme Código Civil, Ley de Sociedades, doctrina y jurisprudencia, esta notificación es válida.
La pregunta es: Tengo que esperar el plazo para que contesten demanda igualmente? porque es obvio que si no la recibieron no la van a contestar, es decir, acompaño la cédula y el informe de la IGJ argumentando la validez de la notificación y solicito que se tenga por no contestada demanda? ahora? o luego del transcurso del plazo legalmente habil para contestar.? Gracias al que me pueda orientar