Quiero aclarar mi posición y me parece viable lo que propone Aguchi. Mi aclaración pasa por que en mi provincia STA FE, o al menos todos los temas laborales que yo hice existe la siguiente mecánica en gral (al menos mi experiencia): ej, trabajador en negro intima por telegrama a empleador, éste niega la relación,empleado intima nuevamente, empleador niega nuevamente, nos contactamos los abogados de las partes, uno ofrece algo (empleador) el otro contesta (empleado) hasta llegar a una cifra que convenga a los 2. Si sucede esto (acuerdo) se realiza un convenio y, generalmente yo los hago en los Tribunales (ya que la AFIP es dificil que tome estos casos), se homologa. Dentro del convenio, a modo de ejemplo dejo una parte de un convenio
PRIMERA: Daniel Gustavo .... manifiesta trabajar en relación de dependencia desde el 02 de Mayo de 2005 como vendedor, con un horario de Lunes a Viernes de 7 a 16 hs. y una remuneración de $1200 en el Mercado...., sito en calle ... de la ciudad de ...., puesto nº 56 para la Sra. Lucia ...... La Sra. Lucia .... niega la existencia de una relación laboral entre las partes con ese horario, esa categoría y esa remuneración, no obstante, y al sólo fin de arribar a un acuerdo transaccional que ponga fin a todo posible litigio, ofrece abonar al Sr. Daniel .....por todo concepto, la suma total y definitiva de pesos Dos mil ochocientos ($ 2.800.-).
SEGUNDA: El Sr. Daniel.... acepta de plena conformidad el ofrecimiento explicitado en la cláusula primera, y recibe en este mismo acto y en efectivo, la suma de pesos Dos mil ochocientos ($2.800.-) sirviendo el presente instrumento de suficiente recibo y formal carta de pago, agregando que dicha suma satisface plenamente sus pretensiones y que la misma incluye la totalidad de los rubros que pudieran corresponderle por la extinción de la relación laboral que alega, y comprensiva de los siguientes: indemnización por antiguedad, sustitutiva de preaviso, vacaciones, horas extras, S.A.C., S.A.C. proporcional, S.A.C. sobre vacaciones, diferencia de sueldo y/o cualquier otro que pudiera reclamarse. En este mismo acto, la Sra. Lucia .... hace entrega de la respectiva certificación de servicios al Sr. Daniel.....
TERCERA: El Sr. Daniel ... manifiesta que nada más tendrá que reclamar a la Sra. Lucia ... por ningún rubro o concepto indemnizatorio, quedando su reclamo plenamente satisfecho y el conflicto definitivamente concluido.
Generalmente son los convenios que realizo yo acá en mi provincia. Obviamente que si las partes no se ponen de acuerdo, se demandará y se seguirá litigando. Quizás fue muy resumida mi explicación anterior, espero Lorena que esto sirva un poco más, sino es viable lo de Aguchi. Saludos