Tengo que calcular una liquidación donde la jornada de trabajo de la persona es de 9 hs. 36 " diarios, y hasta 48 hs. semanales, correspondiendo por tal 2 francos semanales (y pudiendo realizar hasta 5 jornadas consecutivas, CCT 292/76).
El Sr. solo gozaba de 1 franco y medio, ya que los domingos trabajaba media jornada, por lo mismo es que quiero reclamarlas como horas extras pero me asalta la siguiente duda:
en este caso para obtener el valor hora debo tomar el mes como de 25 días laborables al igual que en el caso de la LCT, o de 20 días laborables, atento que solo podria realizar hasta 5 jornadas consecutivas????
Por otra parte, puedo reclamar las hs. extras desde la fecha de inicio de la relación laboral, o solo hasta 2 años atrás ?????
Espero se entienda la consulta!!! Gracias!!!!
El Sr. solo gozaba de 1 franco y medio, ya que los domingos trabajaba media jornada, por lo mismo es que quiero reclamarlas como horas extras pero me asalta la siguiente duda:
en este caso para obtener el valor hora debo tomar el mes como de 25 días laborables al igual que en el caso de la LCT, o de 20 días laborables, atento que solo podria realizar hasta 5 jornadas consecutivas????
Por otra parte, puedo reclamar las hs. extras desde la fecha de inicio de la relación laboral, o solo hasta 2 años atrás ?????
Espero se entienda la consulta!!! Gracias!!!!