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 #30234  por naty
 
tengo q ir a la secretaria de trabajo para tratar de arreglar por un trabajador q estubo en negro y necesito calcular los rubros indemnizatoros bajo la ley de la contruccion
hay alguna categoria especifica q calcular para los rubros?¿ alguna direfente q los comunes de la ley de contrato de trabajo?¿?

 #30442  por SIL.PE
 
leandroklink escribió:fijate la ley de los empleados de la construccion 22250 art 34 y decreto 1342/81
exacto,tiene regimen especial.22250 y fijate q CCT es aplicable segun sea obrero 75/76 ,rama general 151/75

 #30933  por naty
 
si gracias se q tiene un regimen especial pero me gustaria si me ayudan a ver cules son los rubros recuererden q es una ficcion ya q el trabajaba en negro y en una empresa de la contruccion pero el no realizaba exactamente esos trabajos era mas biien carga y descarga de mercaderias etc pero yo lo quiero calcular tb por esa ley! me ayudan porfy q el martes tengo la conciliacion

 #30974  por Ishtar
 
Hola,
Cobraría los importes depositados en la Libreta de fondo de desempleo donde se le hacen los aportes mensualmente (desde el comienzo de la relación laboral) en base a un porcentaje del haber mensual (incluye salario basico y adicionales).
Es muy probable que lo sepas, pero por las dudas te recuerdo que el aporte durante el primer año es del 12% y en los siguientes del 8%.
El convenio colectivo de los trabajadores de la construcción es el de la UOCRA (En la Sede de la Unión Obrera de la Construcción o en el Ministerio de Trabajo podés averiguar si no sabés cuales son los montos de acuerdo a la categoría que tenía)
Espero algo de esto te sirva de ayuda :lol: