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  • SECRETO PROFESIONAL VS COMPLICIDAD?

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 #309700  por aprendiza_law_girl
 
Hola a todos y ante todo aclaro -como generalmente hago siempre- que no soy aún abogada de "iure" ya que estoy esperando el tiempo de la Jura estando mi trámite de título en infernal curso administrativo-burocrático-demencial.
Aún no sé si me dedicaré al tema penal pero no por : " es jodido " "los matones", "gente de mal vivir" y miles de etc. más típicos comentarios barriales, sino que es delicado el detalle.., la interpretación.., "sacá esa prueba!", "no declarés!" , "si declará!" , testigos torpes e imbéciles que embarran todo... y demás.

La pregunta es: ¿Cuál es el límite entre el secreto profesional, defensa en Juicio-debido proceso y la complicidad con un cliente imputado?

Pongo un ejemplo ficticio CIENTO POR CIENTO y ACLARO: EL EJEMPLO ES FICTICIO Y NO ES MI INTENCIÓN MANCILLAR A NADIE...

RELATO FICTICIO FICTICIO!!!

ABOGADO: Me estás llamando desde un celular clonado con cualquier chip y además lo tenés en " no mostrar número saliente no" ? CLIENTE: Si Si doc., Ud también no?, ABOGADO: Si querido.. yo obviamente... y acordate de NUNCA llamar de tu casa, ni locutorios ni nada eh, no seas gil ni pajuerano como el negro de tu primo que no aprende más. CLIENTE: Bueno mire como le contaba la otra vez en el bar, yo si la violé y estaba muy eskabio vió entonces veo que le sale sangre porque la estaba cortando toda entonces ahí nomás para no enchastrarme el jean nuevo y que encima queden mas rastros le dí un tiro en la cabeza con un arma que tenía cuando estaba en la yuta y la enterré en la casa de mi sobrino El Tarántula que él me ayudo en todo jeje, eh digo.... con la pala! , la tierra y el cemento nomás je.... ABOGADO: Es problable que allanen a casa de tu sobrino... es lo frecuente en este tipo de IPP tan particulares si si ejem... CLIENTE: y van a ver a la mina esta muerta! ABOGADO: Vos podrías sacarla de ahi y llevarla a la quema me decíaas y ahi incinerar el cuerpo... pero ojo! que si ven los de "científica" sólo un mínimo detalle como un pelo, jirones de ropa, o hasta un gusano del cadáver chau eh!!. CLIENTE: La saco a la noche en la
carretilla y la llevo a la quema. ABOGADO: Listo entonces nos presentamos
espontáneamente a declarar el Viernes y ahí enterrá algún perro no sé vos sabrás que cosa también matar a una pobre chica eh que porquería, pero te voy a ayudar igual..., llevo un escrito que el juez vá a quedar tartamudo jejeje jejej! CLIENTE: Buenisimo voy a comprar el kerosene! ABOGADO: Ya vendiste la camioneta así me dás la otra parte no, mirá que me debés a la fecha 22.000 pesos y tengo el aniversario de las bodas de oro de mis padres eh? CLIENTE : Si Si doc, además mi primo sacó un préstamo hipotecando la casa de la suegra por suerte... que sino lo mando al frente a él. ABOGADO: Tranquilo pará un poquito!, el abogado soy yo, vos no sabés nada cerrá la boca!!!! después vemos vos poné paciencia y la guita jejej jejeje! CLIENTE: Uds es un groso doc sépalo! ABOGADO: OK ya lo sé jeje jeje, un abrazo me voy a ver la novela de Televisa que hoy termina je je je!!!! FIN DEL RELATO FICTICIO


Teniendo en cuenta que el imputado tiene derecho a defenderse y los pcpios nullum crime sine iuditio, sine culpa, sine etc etc etc y el Pacto de .... y la Convención de....y el sistema acusatorio y los años de plomo donde el imputado no tenia derecho a........ porque los vuelos de la muerte... Y TODA LA PARAFERNALIA ACTUAL QUE ESCUCHAMOS A DIARIO ...."la dictadura no permitiaa...." ES QUE CREO A MI ENTENDER QUE ese diálogo sería perfectamente legítimo Y QUE EL ABOGADO DEBE GUARDAR CEOSAMENTE EL SECRETO PROFESIONAL Y SER LEAL A SU CLIENTE,
claro que muchos deben horrorizarse o tener náuseas como Santos Biasatti, Feidman, Gonzalez Oro que aún deben Cívica del colegio me imagino, son totalmente brutos y ganan 20.000 dólares al mes...

Me encantaría sea tema de enganche éste y se arme debate


Saludos y gracias anticipadas!!!


Aprendiza Law Flash Girl Reloading!
 #309811  por Doncella_de_Orleans
 
No, una cosa es saber que el cliente tenìa un arma (otro ejemplo) y decir que no la tenía y otra escondersela en el estudio...o decirle qué hacer. Que esto ocurre? es posible, pero no debe ser.

En el ejemplo que mostrás, lo está ayudando a ocultar el delito. Encubrimiento para mi.
 #309830  por julianboga
 
En el caso que expones para mi el abogado se esta convirtiendo en complice de su cliente.....UNa cosa es que tengas conocimiento de que tu cliente es culpable y asesorarlo al respecto conforme normativas legales y siendo etico al respecto (no nos olvidemos de la etica profesional) y otra es participar intelectualmente del acto delictivo como hace este abogado.
 #310156  por aprendiza_law_girl
 
Gracias Doncella y Julián por responder siempre al toque y tan reflexivamente y con entusiasmo. Pero pensaba... y el secreto profesional? éste debe ceder ante un supesto encubrimiento aún no configurado? No debo comenzar a defender a mi cliente incluso antes de la impronta punitiva del Estado que en el supuesto caso aún no intervino pero intervendrá y encontrará a mi cliente técnicamente indefenso sin haber elaborado una estrategia o acción para debilitar la investigación estatal? Porque seríamos entonces por una cuestión ética la Policía de Macri entonces? No entiendo, somos defensores o cabos de la policía de calle?

Saludos Amigos!!!

Aprendiza Flash Girl... - Aprendiendo a volar, aprendiendo a litigar, aprendiendo a aprender a aprender siempre con humildad-
 #310161  por Doncella_de_Orleans
 
Mirá. No tenes por que defender a tu cliente antes de que sea tu cliente, lo que será cuando tenga un caso que traerte. Y tendrá un caso cuando esté imputado de algo. Cuantas cosas hay que no se investigan directamente.
Pues bien, si "defendes sus intereses" como decis, antes de que el Estado le caiga encima y en rigor todavía no es tu cliente, lo que estás haciendo es, a mi criterio, como un simple mortal que además es abogado, dando ideas, o sea, ayudando a ocultar un delito :arrow: encubrimiento.
El no hacer eso no significa que lo estés denunciando.
Cuando te llegue el caso, ya perseguido por el Estado, verás qué hacer con lo que hay.
 #310163  por Doncella_de_Orleans
 
"encontrará a mi cliente técnicamente indefenso sin haber elaborado una estrategia o acción para debilitar la investigación estatal" segùn tu criterio sería: mejor le sugiero formas de matar que sean más difíciles de investigar... :shock:
 #310326  por Master
 
aprendiza_law_girl el Jue Feb 26, 2009 4:06 am ..
La pregunta es: ¿Cuál es el límite entre el secreto profesional, defensa en Juicio-debido proceso y la complicidad con un cliente imputado?


El secreto profesional es el derecho -consecuencia del deber- que tiene el abogado de mantener en reserva todo aquello que le sea confiado en su condición de tal, e incluye también lo que el abogado aconseje. Si viola ese secreto comete un delito, salvo justa causa (ser relevado por el interesado o ser necesaria esa infidencia para la propia defensa del profesional). Yo no creo que ese deber se vincule con una causa abierta, ya que puede ser anterior o posterior. De otra manera quien se encuentra en esas situaciones carecería de defensa. Por ejemplo, quien se propone iniciar un juicio civil o una querella (antes) o pretende plantear una revisión (después).
La defensa en juicio es el marco de la asistencia legal, basada en la información recibida del cliente y que el abogado manejará según su estrategia.
La participación de un abogado como coautor, cómplice y como encubridor no tiene que ver con lo que el profesional oye o dice o escribe, sino con lo que haga.
Participará de un delito si ayuda a cometerlo, de acuerdo con las reglas de la autoría o complicidad, y encubrirá si ayuda a ocultar pruebas o eludir la acción de las agencias. Defender a alguien -así como escucharlo, aconsejarlo y asistirlo- no es lo uno ni lo otro. A menos que se piense que defender es ayudar a eludir y que aconsejar es ser cómplice. O que no denunciar es encubrir.
 #310377  por DoctorPiccafeces
 
Los penalistas que conozco y se dedican exclusivamente a la defensa penal -son varios- se manejan en el estricto marco del expediente y no son de estrechar esos lazos previos al delito como los que se describe en el posteo de apertura del thread. Digamos que actúan post facto, una vez que se requiere de su asistencia efectiva.

Si bien para el abogado existe un secreto profesional obligatorio, el abogado elige la clientela y nadie lo obliga a sostener dìálogos o situaciones previas al delito que el día de mañana lo pueden incriminar como cómplice de un delito. Hay varios abogados detenidos en pabellones penales en todo el país, el título no da inmunidad ni tampoco impunidad y está en cada uno el saber como proceder en situaciones borderline que pueden afectar el futuro profesional e incluso la libertad personal.

De hecho, un prestigioso penalista de la zona noroeste estuvo -hace unos años- un tiempo detenido porque tuvo la mala idea de presentarse en un lugar donde unos clientes suyos estaban llevando a cabo un secuestro, se ofreció como mediador y, a la salida y cuando se entregaron sus clientes previa negociación con el fiscal, lo requisaron, le encontraron dólares que el secuestrado reconoció como propios -supongo que sus clientes le habrán pagado por sus servicios antes de entregarse y de ahí los dólares- y le llevó un tiempo mas que interesante el probarle al Juez de Garantías que no era cómplice de la banda, a todo esto alojado en una comisaría de la zona. Ni siquiera se como terminó eso, si consiguió despegar de la causa o si sigue afectado.

Hay que tener cierto tacto y ojo clínico para ciertas situaciones.
 #310441  por Master
 
Si bien la referencia no se vincula con mi post, debo aclarar que cuando me refería al 'antes', no hablaba de 'antes del delito' sino de 'antes de la causa, después del hecho'. Parece obvio que un abogado no puede asesorar 'antes del delito', salvo para informar al consultante cuáles son las consecuencias normativas. Asesorar 'sobre' el delito es una forma de participación, en abstracto.