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 #310370  por Lanahi
 
Buenas noches!
El caso es el siguiente: Llega una señora que se casó en el año 85 , estuvieron juntos 5 años y desde ese tiempo a la fecha , cada uno hizo su vida.
Ahora , ella quiere divorciarse. No tienen bienes . Hay tres hijos, una mayor de edad y los otros menores .
Hablé con el esposo y me dijo que el firma todo , pero plata, no hay. La señora no le va a reclamar cuota alimentaria.
En qué articulo me conviene encuadrarlo? Por el 215 o por el art. 214 inc 2 ?
Desde ya , muchísimas gracias.
Anahi.
 #310420  por natyperez
 
Si es en capital, con el 214 inc. 2 te sale rapídisimo la sentencia (porque ni siquiera te fijan audiencias)
 #311008  por Lanahi
 
Es en Pcia de Buenos Aires.
En cual art es conveniente encuadrarlo?
Lo voy a presentar en Lomas de Zamora.
Anahi
 #311285  por Yeyii
 
En Matanza en un caso similar por el 214 inc.2 fue viable y tb fue rápido. Hubo etapa previa, por supuesto con dos audiencias y ahí cerró todo.
 #311311  por Lanahi
 
Dos audencias por 214 inc. 2 ?
 #311436  por Yeyii
 
Sip ..dos..trib 3 flia Matanza. :roll:
 #312199  por Elvio
 
En Pcia (Departamento Judical de Zarate-Campana) si lo presentas por el 214 inc 2º no fijan audiencia, inclusive si en la demanda aclaras que los honorarios corren por uno de los actores sale aclarado en la demanda (eso me paso a mi en un divorcio que salio en el juzgado 3)
 #315828  por Lanahi
 
Entonces lo voy a presentar por 214 2 , había preparado la demanda solicitando se exima de las dos audiencias en virtud del tiempo transcurrido desde la separación de hecho ( 12años reales) y por ser innecesarias, pero no voy a arriesgarme.
A todos muchísimas gracias!!
Anahi
 #315962  por Elvio
 
Si, hacelo por el 214 inc 2º, por que por mas que pidas que te eximan de las audiencias no te lo van a otorgar, ya que justamente ambos articulos preveen circunstancias diferentes. Para iniciarlo por el 214 exige que haya mas de tres años de la separacion de hecho (tene en cuenta que solo exige la declaracion de ambas partes). Es por esto que si en este caso se cumple ese requisito sin duda te conviene iniciarlo así.
Suerte.