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 #311764  por chenzof
 
¡Hola a todos! Nuevamente voy a requerir su ayuda, y les agradezco, que es sobre la siguiente situación:

En una sucesión sin bienes, ya tengo la declaratoria de herederos: ¿se puede pedir que se libre oficio al Registro Civil y capacidad de las personas para que se inscriba la misma?
¿Es posible eso que digo, o no existe dicho pedido? Y, por último, ¿tiene alguna utilidad?

¡Gracias y un saludo!
 #311784  por miltriti
 
el Regsitro civil ya tiene conocimiento del fallecimiento, desde que seguro al iniciar la declaratoria habrás acompañado copia del acta de defunción.

No le veo sentido comunicar al Reg. Civil.
 #311877  por chenzof
 
¡Gracias por la respuesta!

En realidad, mi idea no era comunicar el fallecimiento, sino inscribir los herederos en el Registro. Porque hoy no hay bienes, pero por cualquier necesidad futura quedan inscriptos quienes son los herederos de aquella persona (que son sus dos hijos).

Pero desconocía si se podia y, además para el supuesto de que se pueda, si después les va a servir para algo a ellos.

Gracias por la anterior respuesta.
¡Saludos!
 #312286  por alejofer
 
MIRA CREO QUE CON LA DECLARATORIA YA ES SUFICIENTE PARA PODER EJERCER LOS DERECHOS DE HEREDEROS EL DIA DE MAÑANA, CREO QUE NO HACE FALTA QUE INSCRIBAS NADA. PERO CONTAME ALGO QUE NO ENTIENDO O NO SE ME OCURRE AHORA, PARA QUE SE HACE UNA SUCESIÓN SI NO HAY BIENES PRESENTES NI FUTUROS? SALUDOS
 #312539  por chenzof
 
¡Hola!
Más o menos es así: Pedí copia de la declaratoria para cerrar una cuenta en un banco, en el que hay menos de 1000 pesos pero le genera gastos, y para presentarse en un expdiente, que está en Cámara y lo sigue otro abogado.
El Juez me hace la copia certificada de la declaratoria, pero me pone que no pueden usarse para cobrar montos (yo cuando la pido digo que es para cerrar la cuenta y para acreditarse como herederos en el otro expediente donde el causante era actor).
Entonces, en el banco no se la aceptaron (a uno de los herederos) para cerrar la cuenta, y le dijeron que inscriba la declaratoria en el registro, que eso les servía. Pero me pareció medio raro, y por eso acudí aca.
Gracias por la preocupación y la colaboración.
Saludos
 #313164  por alejofer
 
SI LA VERDAD QUE ES INSOLITO LO QUE TE PIDEN PERO PREGUNTA EN EL REGISTRO QUISAS EXISTA ESE TIPO DE INSCRIPCIÓN PERO QUE SE UTILIZA MUY POCO, POR ESO NOS PARECE RARO, SUERTE SALUDOS!!!
 #313346  por chenzof
 
¡Muchas gracias!
¡¡Saludos!!
 #315624  por KBI
 
alejofer escribió:MIRA CREO QUE CON LA DECLARATORIA YA ES SUFICIENTE PARA PODER EJERCER LOS DERECHOS DE HEREDEROS EL DIA DE MAÑANA, CREO QUE NO HACE FALTA QUE INSCRIBAS NADA. PERO CONTAME ALGO QUE NO ENTIENDO O NO SE ME OCURRE AHORA, PARA QUE SE HACE UNA SUCESIÓN SI NO HAY BIENES PRESENTES NI FUTUROS? SALUDOS
HOLA SOY NUEVA EN ESTO ME PODRIAN DECIR SI PARA EL INICIO DE UNA SUCESION TODOS LOS DOCUMENTOS es decir LAS PARTIDAS DE NACIMIENTO,DE DEFUNSION,MATRIMONIO DEBEN ESTAR CERTIFICADAS O SELLADAS POR EL REGISTRO CIVIL ? o quien las certifica? SALUDOS GRACIAS KBI :roll:
 #315734  por alejofer
 
TENES QUE PRESENTAR TODAS EN ORIGINALES Y ADJUNTA COPIA PARA QUE TE CERTIFIQUE EL ACTUARIO Y LUEGO DESGLOSES LOS ORIGINALES.