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  • NOTIFIQUE MAL - DEMANDADO REBELDE?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #311805  por clasu
 
Tengo un juicio por alimentos, Pcia. de Bs. As. se dio traslado de la demanda y audiencia del 636 cpcc bajo responsabilidad de la actora, el demandado no se presento y pedi multa y audiencia por 637 cpcc, PERO NO PEDI LA NOTIFICACION BAJO RESP. DE LA ACTORA y en la cedula le puse domicilio "constituido", como el Tribunal entiende que se notifico MAL, me fija otra fecha de audiencia y me ordena notificar al demandado; ahora el demandado se mudo (no se donde ubicarlo). las preguntas son:

1)cada notificacion debo pedir que se realice bajo responsabilidad.
2) por lo que lei no se puede pedir rebeldia. es así?
3) a donde lo notifico? sabiendo que se mudo si pido que lo notifiquen bajo resp. en el domicilio anterior me puede plantear nulidad. NO?
cualquier ayuda es bien recibida. Gracias.
 #311990  por amdg
 
TENES DENUNCIADO EL DOMICILIO?, LIBRASTE OFICIO AL REGISTRO DE LAS PERSONAS A FIN DE VERIFICAR EL DOMICILIO INSCRIPTO?, PODES AVERIGUAR EL DOMICILIO Y SOLICITAR UN MANDAMIENTO DE CONSTATACION?, ARRANCA DE ALLI SINO NO VAS A PODER SEGUIR EL TRIBUNAL TE VA A SOLICITAR QUE AGOTES TODAS LAS MEDIDAS PARA EVITAR FUTURAS NULIDADES