Estimados colegas:
Tengo que inciar un divorcio por el 215 (presentacion conjunta, causas que hacen moralmente imposible la convivencia) "Art. 215. Transcurridos tres años del matrimonio, los cónyuges, en presentación conjunta podrán manifestar al juez competente que existen causas graves que hacen moralmente imposible la vida en común y pedir su divorcio vincular, conforme lo dispuesto en el artículo 236."
La pregunta es si es necesario que transcurran los 3 años de matrimonio a partir del dia de la celebracion del mismo, para poder iniciar.
Espero comentarios
Gracias totales como siempre
Salute
Tengo que inciar un divorcio por el 215 (presentacion conjunta, causas que hacen moralmente imposible la convivencia) "Art. 215. Transcurridos tres años del matrimonio, los cónyuges, en presentación conjunta podrán manifestar al juez competente que existen causas graves que hacen moralmente imposible la vida en común y pedir su divorcio vincular, conforme lo dispuesto en el artículo 236."
La pregunta es si es necesario que transcurran los 3 años de matrimonio a partir del dia de la celebracion del mismo, para poder iniciar.
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