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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #310953  por sil07
 
Estimados :

Tengo el siguiente problema tengo una clienta que esta embaraza y encima esta sufriendo acoso laboral, en uno de los ultimos maltratos inferidos por una supervisora me consulto que podia hacer, le dije que se fuera a ver a su médico y pidiera licencia, con el certificado medico en mano mandamos cd notificando la licencia por 10 dias, y como no habia notificado anteriormente el embarazo sino por nota simple presentada a su empleador , le hice unas linea en la cd manifestando que la licencia era por su estado de embarazo, asi medianamente quedaba cubierta en ese punto.-

Bueno ahora bien , el tema es que si bien ella fue contratada por un call center, en realidad presta tareas para otra empresa que terceriza sus servicios a traves de este call center (es decir, ella atiende el telefono para asesorar clientes y hacer de soporte tecnico de la empresa que si bien no la contrato utiliza sus servicios por tercerización ) . Ante tal situacion le aconseje que por ahora mandara solo cd por la licencia a la empleadora que la contrato, ella en su desesperacion mando cd tambien a la empresa que tercerizo los servicios, obviamente la cd fue contestada por esta ultima rechazando todo negando relacion laboral, e intimando cese de actitudes falacez etc.

Mi duda es, tengo que contestar la cd ?, en su caso haciendo hincapie en la solidaridad por la prestacion de tareas para ambas empleadoras, o sí, aprovecando este desconocimiento puedo utilizar esta cd de negacion de relación laboral para considerarme despedida, ya que una de las empleadoras (la que tercerizo los servicios, y los utiliza aunque otra parezca como siendo la empleadora), le desconoce la relacion laboral , siendo tal una injuria grave en los terminos de la TCL.Les pregunto porque estoy hace poco en el derecho laboral , y esto me tiene un poco confundida.- -Bueno aquel que me pueda ayudar con su consejo desde ya muchas gracias. Sil07.-
 #311378  por drclaudio22
 
hola, y depende de lo que quiera tu cliente! para nadie es facil ser despedido en estos días, por más que te indemnizen lo que corresponde. Obviamente en caso de pretender iniciar acciones legales, en el dia de mañana, te convendrá también iniciar contra las dos empresas, es mi humilde opinion. Lo que si recomenda a tu cliente que haga solo lo que vos le decis, porque si empieza a mandar cd a todo el mundo sin que vos se lo digas, quien afronta las consecuencias de perder un juicio el día de mañana tambien vas a ser vos, entendes? espero que de algo te haya servido, cada caso y cada cliente es un mundo.
 #311403  por marielsg6
 
Hola. En mi opiniòn deberias tener muy en claro, si la a otra empresa la vas a traer por solidaridad y vas a denunciar que ambas eran empleadoras (yhubo en tal caso un fraude) ,porque de alegar eso, el desconocimiento de la relaciòn laboral efectuada por quien deberia estar registrando la relaciòn como empleador,seria causa suficiente para considerarse injuriada y despedida. Pero ojo! a veces, por ejemplo en el caso de empresas eventuales, se da, que las empresas usuarias desconocen la relaciòn laboral ,porque el trabajador no es empleado de ellas sino de la eventual ,y ante un caso asì, no podrìas considerarte despedida por tal desconocimiento ,aùn cuando sean solidariamente responsables las usuarias frente a ciertos temas .-Resumiendo, tenes que ver si la empresa esta tenia ciertamente obligacion de registrarla como empleada... de lo contrario busca otras causales para llegar a un distracto.
 #311572  por sil07
 
drclaudio22 escribió:hola, y depende de lo que quiera tu cliente! para nadie es facil ser despedido en estos días, por más que te indemnizen lo que corresponde. Obviamente en caso de pretender iniciar acciones legales, en el dia de mañana, te convendrá también iniciar contra las dos empresas, es mi humilde opinion. Lo que si recomenda a tu cliente que haga solo lo que vos le decis, porque si empieza a mandar cd a todo el mundo sin que vos se lo digas, quien afronta las consecuencias de perder un juicio el día de mañana tambien vas a ser vos, entendes? espero que de algo te haya servido, cada caso y cada cliente es un mundo.

Hola drclaudio22:

Si entiendo lo que vos me decis, y eso ya se lo aclare a mi clienta, no puede mandarse y hacer cosas que yo no le aconseje, maxime tratandose del intercambio telegrafico, so pena de perjudicarse a si misma, y perjudicarme tambien a mi directa o indirectamente, saludos - sil07
 #311580  por sil07
 
marielsg6 escribió:Hola. En mi opiniòn deberias tener muy en claro, si la a otra empresa la vas a traer por solidaridad y vas a denunciar que ambas eran empleadoras (yhubo en tal caso un fraude) ,porque de alegar eso, el desconocimiento de la relaciòn laboral efectuada por quien deberia estar registrando la relaciòn como empleador,seria causa suficiente para considerarse injuriada y despedida. Pero ojo! a veces, por ejemplo en el caso de empresas eventuales, se da, que las empresas usuarias desconocen la relaciòn laboral ,porque el trabajador no es empleado de ellas sino de la eventual ,y ante un caso asì, no podrìas considerarte despedida por tal desconocimiento ,aùn cuando sean solidariamente responsables las usuarias frente a ciertos temas .-Resumiendo, tenes que ver si la empresa esta tenia ciertamente obligacion de registrarla como empleada... de lo contrario busca otras causales para llegar a un distracto.
Hola marielsg6":

Entiendo que en este caso este tipo de tercerizacion, donde la parte trabajadora , aun trabajando y siendo contratada por un call center, en realidad presata tareas y trabaja en el soporte tecnico de otra empresa, se comunica con los clientes de la esta ultima haciendo en todo momento hincapie que habla en nombre de esta empresa, tiene un mail con el nombre de esta empresa para tener contacto con los clientes de esta. En tal sentido, entiendo que hay contratacion laboral de parte de una( la que la contrato), pero asimismo como se presta tareas para la tercerizante hay solidaridad laboral.-

Ahora bien, vos me aconsejarias que conteste la cd, remitida por la empresa tercerizante ?, yo tengo pensado contestarla rechazandola , reiterar la relacion laboral por prestacion efectiva de tareas hacia dicha empresa, pero no se si tirarme el lance de, bajo apercibimiento de injuria para despido.

POr otra parte, tengo que abrir el paraguas por el acoso que seguramente persistira, y que fue el origen del conflicto,( y por el cual le aconseje la licencia) porque lo cierto es que las que acosan a mi cliente son supervisoras de piso que pertencen a la empresa tercerizante, lo que me habia hecho pensar que despues de esta cd donde los pongo en alerta de la solidaridad, intimo por cese de actitudes injuriantes inferidas por superiores bajo apercibimiento de considerarme despedida. vos que pensas ???.- gracias y saludos.-sil07
 #311595  por marielsg6
 
SIl aprovecha y no solo intimalos para que cese el acoso, malos tratos etc, sino a registrar correctamente la relaciòn con el real empleador y fiajte si hay otras irregularidades , y ahi los apercibis (en realidad el apercibimiento lo pones siempre pero de ahi que te consideres despedida esperas a que tengas una buena causal e injuria).saludos
 #311640  por sil07
 
marielsg6 escribió:SIl aprovecha y no solo intimalos para que cese el acoso, malos tratos etc, sino a registrar correctamente la relaciòn con el real empleador y fiajte si hay otras irregularidades , y ahi los apercibis (en realidad el apercibimiento lo pones siempre pero de ahi que te consideres despedida esperas a que tengas una buena causal e injuria).saludos

Marielsg6:

Tenes razon, creo el tema pasa por contestar citando solidaridad, e intimando a regularizar situacion laboral con real empleador, y despues si me desconoce me puedo considerar despedida, sin necesidad de apelar al acoso que se me va a complicar po el tema de la prueba, no ??? . Y por otro ladp porque con la real empleadora no tengo nada de que agarrarme.-

Igual esta medio traido de los pelos, no??? esta como todo al reves, primero notifique la licencia, ahora les voy a contestar rechazando su CD por desconocimiento de relacion laboral , y asimismo voy a intimar por regularizacion de empleo bajo apercibimientos de ley. ah que disyuntiva!!!, Por ahi esto que vos me decis me ayuda mas para el tema de la disvinculacion rapida de este trabajo siendo que mi clienta, la verdad, ya no tiene ganas de volver a ese trabajo.- bueno espero ir por al via correcta, gracias Sil07
 #312259  por marielsg6
 
Sil, en mi opinion yo mantendria todas las causales contra una y otra,incluso las de acoso y con respecto a la real empleadora, no te quedara mas que en algun momento denunciar alguna negativa de tareas... entonces vas a tener frente a la real empleadora :acoso, malos tratos y finalmente una negativa de tareas a causa de los legitimos reclamos... (tene cuidado que no te pongan un escribano si la intiman a presentarse a trabajar despues de la licencia) y por supuesto a esta misma empresa que regularice denunciando como real empleador tambien a la otra empresa .- A la otra mantene lo de la registracion. Igual mientras tengas licencias son pagas hasta el plazo de ley, segun antiguedad y cargas o no de familia... aprovechalas.