Hola mira el monto exacto que tendras que pagar sobre los diversos rubros se calcula siempre sobre el valor del acervo hereditario, es decir de los bienes que declares. Sobre este monto por ejemplo si es en pcia. vas a pagar el 2,2 por ciento en concepto de tasa de justicia, mas un 10 por ciento de ese 2,2 en concepto de sobre tasa. Los honorarios del letrado variaran entre el 8 y 25 % creo porque asi lo establece la ley arancelaria 8904. pero dicho monto sera menor por ejemplo si se tratse de la t transmision solo del 50% de un bien ganancial o fuere el unico bien y asiento del hogar. En este sentido el codigo procesal reglamenta el asunto. Ademas el abogado, mas alla de la regulacion puede estabñlecer un convenio de honorarios con su cliente y poner un precio a su trabajo. tendras tambien gastos de inicio, ( bono jus previsional, diligenciamiento de oficios, publicacion de edictos etc ) Finalmente deberas tambien hacerte cargo del pago de los aportes previsionales que correspondan al letrado de acuerdo al monto de honorarios que se le regulen. Si ademas la declaratoria de herederos se va a inscribir en los registros que correspondan deberas pagar el impuesto que cobre la jurisdiccion respectiva. Saludos.