Hola Vero. Aprovecho tu enorme amabilidad ( no te va a dar el tiempo para tantas consultas ! ), a ver si se te ocurre alguna idea. Te comento : Sucesión con D. H dictada en 2002. El coche es ganancial. Yo patrocino a los hijos del causante ( el 50 % ), la cónyuge supérstite ( que no es su madre ) tiene otro patrocinio. Por diversos motivos, recién vamos a inscribir la D. H ahora. Resulta que, desde la muerte de esta persona, el coche está siendo utilizado por ella ( más de 6 años ), y la intención, previo pago de la mitad del precio que acordamos, es que también se lo quede . Tres preguntas : 1 º ) Una vez inscripto el oficio en el registro ( 50 % a nombre de ella y el restante a nombre de mis clientes ), cuál es el paso para la transferencia ? Sólo el 08 ?. 2º )Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido en el que ella usó el coche, te parece viable plantear alguna especie de compensación por ese uso ? . 3º) Por lo mismo de antes, tendré que tomar algún recaudo en cuanto a la eventual responsabilidad civil por hechos ocurridos con el coche en ese lapso ? Cómo sería ? Desde ya, muy agradecido.