Hola les comento un caso: un trabajador prestaba tareas en un corralón de materiales de construccion, sin registrar, se accidenta y lo hace saber al empleador, despidiendolo al tiempo. Se produce el debido intercambio epistolar para el debido registro.
El trabajador me trae tres recibos de una cooperativa de trabajo q funciona en el mismo lugar pero bajo diferentes nombres.
Se hace una audiencia presentandose el empleador y una persona en representación de una sola de las cooperativas, desconociendo ambas partes la relacion laboral. Cierre sin acuerdo.
Mi idea es demandar solidariamente al empleador y a cada una de las cooperativas.
Debo ir ademas de la ley 24.013, por el cct de uocra? Como hago con el accidente, obvio que no hubo art pero como lo liquido, como gastos médicos? Xq por daños y perjuicios tendria q ir por la via civil. Me explico?
El trabajador me trae tres recibos de una cooperativa de trabajo q funciona en el mismo lugar pero bajo diferentes nombres.
Se hace una audiencia presentandose el empleador y una persona en representación de una sola de las cooperativas, desconociendo ambas partes la relacion laboral. Cierre sin acuerdo.
Mi idea es demandar solidariamente al empleador y a cada una de las cooperativas.
Debo ir ademas de la ley 24.013, por el cct de uocra? Como hago con el accidente, obvio que no hubo art pero como lo liquido, como gastos médicos? Xq por daños y perjuicios tendria q ir por la via civil. Me explico?