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  • RECONVINE UN DIVORCIO ...???

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #313213  por patriciaefay36
 
Hola a todos!
Reconvine en un divorcio por art 202 inc 4ª (injurias graves) a mi cliente la expulsaron del hogar conyugal.
Ahora el actor contesto adjuntando una serie de fotos que mi cliente subio a internet!!!!!(que me tome la libertad de no notificarme todavia ya que no retire ni una hoja de la contestación, solo me dieron traslado por cedula de la documental) y no se que hacer porque yo no sabia nada de todo esto!!!!!!!!! si tome nota de algunas de las direcciones que alli figuran y solo veo a mi cliente al lado de un conocido y a la familia de mi cliente ridiculizandose con moda y bailanta (como si fuera un programa de canal de cable... de esos que aparecen en zapping o el otro de canal 13) y mi cliente aparece abrazada con el "conductor" de este programita.
Bueno a lo que mas interesa.... en este tema se habia iniciado una denuncia por lesiones (por la expulsion del hogar conyugal cuando mi cliente estaba embarazada de 2 semanas) del cual lo sobreseyeron, pero yo voy a esto... el daño esta producido... de hecharla la hecho con el agravente del embarazo... TODO ESTO YO PENSABA HASTA QUE VI LAS FOTOS Y LOS VIDEOS QUE SE BAJARON que vuelvo a insistir hasta ahora no vi nada "grave" solo moda y bailanta... pero realmente el Secretario del Juzgado es muyyyyyyyyyyyy conservador
Se que puedo arguir que no esta haciendo nada "grave", pero me huele feo todo esto.
Uds. que opinan, que tengo que hacer?????? :oops: no tengo :idea:
Gracias a todos!!!!
 #313244  por amdg
 
SIPONGO QUE RECONVENISTE POR 214 INC 1 Y NO 202, LUEGO SI TE DIERON TRASLADO DE LA DOCUMENTAL TAMBIEN ESTAR LA CONTESTACION Y LAS FOTOS, NO ME QUEDA CLARO, PODES AGREGAR ALGO MAS?
 #313272  por patriciaefay36
 
mira, cuando pregunte en el foro y a uno de mis colegas me dijo que reconviniera por el 202... en la contestación el letrado dice darse por enterado que es por el 214 (es algo que lei solamente ya que no retire las copias para no notificarme en forma automatica) el proveido dice. Tengase por contestado el traslado. De la documental, traslado. Notifiquese por cedula. yo por las dudas no retire nada. Pero cuando envien la cedula pido rectificación... para colmo es un juzgado re jodido y muy formalista conservador. Pero bue... realemnte no se como resolver esto.... y de los videos solo pude ver algunos pero esta chica no me dijo nada de que su vida era tan publica...
 #313299  por amdg
 
PRIMERO SENTA A TU CLIENTA Y QUE TE CUENTE LA VERDAD, SOLO ASI LA VAS A PODER PATROCINAR BIEN, SINO NO SIRVE COMO CLIENTA MAS Q PARA COBRARLE.
POR OTRA PARTE RECURRI AL COD PROCESAL ANTES DE PEDIR RECTIFICATORIA Y SOLO EN ESE CASO Y SI TENES EL MEDIO PEDIAL.
INDUDABLEMENTE EL LETRADO SE NOTIFICO POR EL 214 POR QUE NO HAY OTRA FIGURA, SI TE FIJAS EL 214 INC 1 REMITE AL 202 (INJURIAS GRAVES) Y AL RECONVENIR LO HACES POR EL 214 POR QUE EL 202 SON LAS CAUSALES.
DESPUES DE HABLAR CON TU CLIENTA ELABORA UNA ESTRATEGIA DE ATAQUE NUNCA DE DEFENSA