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  • Daños y Perjuicios por accidente de Transito- Ayuda!!

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 #313245  por solecat
 
Hola a todos!! Queria pedir ayuda sobre un caso que me llegó. Se trata de un choque entre autos sin lesiones, el tema es por un lado, que mi clienta compro el auto de hecho (sin transferencia de titularidad) a la madre, otro tema es que mi clienta no tiene cédula azul que la autorizaría a conducir el vehiculo de la "madre". la pregunta es si mi clienta es la que puede demandar o deberá hacerlo la madre, y en ese caso como se explica que ella conducía?? otra pregunta, para acompañar como prueba las fotos tomadas en el auto, éstas deben ser certificadas ante escribano???o se las puede presentar directamente??
Mil Gracias por su tiempo.
Saludos. Sole
 #313430  por miltriti
 
puede demandadr el conductor, como usuario del mismo, del vehiculo perfectamente pero sólo respecto a algunos rubros indemnizatorios..
basta que lo usara en el momento del suceso en razón de que el derecho de uso no requiere más prueba que su propio ejercicio y que la posesión del vehículo basta para reclamar la reparación de los daños sufridos a raíz del evento ( ver...art. 1110 codigo civil).

es independiente el tema de si tenia o no tarjeta azul para circular a los fines de la responsabilidad civil, a lo sumo podrá ser ingfractor de una ordenanza nacional, provincial o municipal ya ue constituye una contravención, pero no incide en su responsabilidad, siempre y cuando haya tenido carnet de conductor habilitante.

es decir puede reclamar daño moral, incapacidad sobreviniente, lucro cesante, etc..

el usuario NO TENDRA LEGITIMACION SUSTANCIAL respecto al rubro desvalorización del valor venal del vehiculo, ya que en virtud del principio Res crescit et perit domino. La cosa crece y perece para el dueño, por lo que el legitimado para reclamar dicho rubro será éste último.

similar situación se da respecto del rubro daño emergente, ya que afecta al patrimonio del propietario y titular registral del vehiculo.

lo que debes hacer es que demanden los dos, el conductor como usuario tambien el propietario como titular registral.
 #313433  por miltriti
 
me olvidaba...

respecto a las fotografías es mas conveniente hacerlas certificar por escribano público ya que de esta manera no podrán o les será mas dificil negarla y desconocerla como documental
 #313478  por solecat
 
Una cosa mas que acabo de notar, al ser los dos mis clientes se puede unificar personería e ir en una misma demandas ej: soledad gonzalez y ada...c/juan perez s/daños...
Lo ultimo, me podrias recomendar de donde ver el tema de los rubros indemnizatorios.
Saludos.
 #313491  por miltriti
 
recomiendo el tratado de responsabilidad civil de Trigo Represas - Lopez Mesa- editorial la Ley- son 4 tomos

Responsabilidad Civil-Doctrinas Esenciales - Parte General y Especial - revista juridica -de editorial la Ley.. son 6 tomos gordos

te respondo a tu pregunta : ..si se puede unificar personería.

busca tambien en internet, hay mucha doctrina y jurisprudencia al respecto..

suerte

miltriti