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  • Servicio doméstico: negativa de vinculo

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #310629  por Novisimo
 
Hola gente:
Resulta que remitimos una solicitud de aclaración por negativa de tareas. Es una señora que trabajaba como mucama y niñera desde hace cuatro años y le dijeron que no vaya mas. Obviamente todo en negro. Le llego la respuesta negando todo.
Pregunto: como ahora tengo que hacer efectivo el apercibimiento y darla por despedida ¿puedo reclamar por la 25323? ¿se pide certificación de trabajo?¿y los aportes no realizados a la seguridad social?
Gracias por todos sus aportes.
 #310633  por klaudia7
 
Hola Novisimo, el servicio doméstico no esta comprendido dentro de las leyes que vos mencionas, lee el dto. 326/56 y 7979/56.
 #310648  por Novisimo
 
Gracias klaudia ¿no tiene ningún agravante el registro en negro del servicio doméstico? Otra pregunta: ¿el Tribunal del Servicio Domestico es requisito obligatorio para demandar?
 #310936  por MAE
 
Hola, efectivamente no tiene ningun agravante, y es obligatorio el tribuankl del servicio domestico
 #311093  por reqna
 
hola!!tengo un caso parecido y estudie bastante el tema.En capital si tenes que pasar por el Tribunal de Servicio Domestico.Por mas que en el decreto 326/56 no ampare a las trabajadoras de servicio domestico con las multas del trabajo no registrado,yo inicie una demanda basandome en la inconstitucionalidad de ese decreto y pidiendo las multas .Con probar no perdes nada,todo lo contrario.Exitos!!
 #313635  por Milla
 
HOLA. Yo tuve varios casos de servicio domestivo y te cuento que, se les aplica el decreto 326/56 si es que cumplen las dos condiciones que enuncia en el art. 2. Esto es que hayan trabajado por lo menos 4 horas por dia y 4 dias de la semana.
Cumplido ese requisito entran dentro de lo que es el decreto. Ahi te explica como calcular la liquidación.
Por otro lado, te cuento que el servicio domestico no tiene multas por el trabajo en negro... osea que por tal rubro no podes reclamar nada.
Algo bueno dentro de lo malo es que, tiene un tribunal específico que es el TRIBUNAL DEL SERVICIO DOMESTICO, que hace de primera instancia. Ahi se pueden hacer acuerdos de pago, se homologan en el momento y por ende se pagan en el momento...
Por lo que es el resto el decreto es totalmente discriminatorio; incluso si vez el año de creación se sanciono en un gobierno militar cuando solo una elite tenia servicio domestico.
Solo en el caso de que entres dentro de la nebulosa (o mas juridicamente dicho vacio legal - laguna del derecho, etc) de no cumplir con alguno de los requisitos que dispone el decreto, podes plantear la inconstitucionalidad del decreto por ser discriminatorio y violatorio de normas superiores (como ser art. 14 y 14 bis CN) , plantear asimismo la inconstitucionalidad del art. 2 LCT (que excluye al serv. dom. de su ambito de aplicacion) por los mismos motivos y pedir que se aplique la LCT.
Existen varios fallos que dan razon a la trabajadora.
Cualquier consulta escribime.
Sldos, MILLA