Benjamin:
El Director puede desempeñar las siguientes actividades dentro de la sociedad:
a.Actuar exclusivamente como Director, lo que implica participar de la toma de decisiones a través de las reuniones de directorio: en este supuesto el director será remunerado en la medida en que la Asamblea de accionistas, al dar tratamiento a los resultados del ejercicio, decida asignarle a los directores una retribución por sus servicios. En consecuencia, aquí el director queda sometido a la voluntad de la Asamblea de accionistas.
b.Ejercer funciones “técnico-administrativas”, lo que implica que, además de su función de Director, realiza tareas en el “día a día” de la sociedad: en este supuesto el director tiene derecho a percibir una remuneración, al igual que el resto de los empleados, por la que habrá que emitir recibo de sueldo, registrarlo en el Libro Ley 20.744.
Es una cuestión que se decide, generalmente, en base al costo impositivo que trae aparejado para la sociedad en uno u otro caso. UN contador puede explicarte y asesorarte bien el tema.
Espero te sirva, slds.