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El recurso de nulidad en pcia. de bs. As., permite que la Cámara, de considerarlo viable, revea los considerandos de la sentencia, no apelados por el recurrente?
O sea: se infiere que con ese recurso se ataca por ejemplo una cuestión que hace al buen procedimiento, por lo que puede que no se discutan los fundamentos de la sentencia de primera instancia, sino que sólo se haga referencia a la falla en el proceso, que deriva en la sentencia.
Entonces: la sentencia a dictar por Cámara puede que dé otros fundamentos distintos a los de primera instancia, e incluso contrarios?
Ayudaaaa
El recurso de nulidad en pcia. de bs. As., permite que la Cámara, de considerarlo viable, revea los considerandos de la sentencia, no apelados por el recurrente?
O sea: se infiere que con ese recurso se ataca por ejemplo una cuestión que hace al buen procedimiento, por lo que puede que no se discutan los fundamentos de la sentencia de primera instancia, sino que sólo se haga referencia a la falla en el proceso, que deriva en la sentencia.
Entonces: la sentencia a dictar por Cámara puede que dé otros fundamentos distintos a los de primera instancia, e incluso contrarios?
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