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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #239930  por DAL
 
MIra, no niegues todo.
Decí que trabaja de hace 5 años, tres días tres horas y que esta fuera de decreto, que la relación no es laboral pero que esta vigente.
Es preferible pagar el aporte atrasado.
Aunque una indemnización no es nada alta, no es igual por 5 que pro 11 años.
 #239975  por VICTORIA2004
 
karidau escribió:una pregunta urgente de respuesta: una clienta mia recibe unTCL de su empleada domestica solicitando aclare relacion laboral, diciendo que trabaja desde hace 11 años de lunes a sabados de 8 a 12 y 15 hs siii 4 horas 15 min , y en realidad trbajaba 3 dias 3 horas por dia desde hace 5 años, como le respondo la TCL , niego relacion laboral o digo que no esta dentro del encuadre de decreto de SD, aunque ellos evidentemente con esos 15 min quisieron encuadrarlo , gcs , mi duda es si niego o no ?? ya que no le pagaba lo de la AFIP form 102 gcs
Hola
Te doy mi opinión. En el intercambio telegráfico negá toda relación de índole laboral o de SD. Sé escueto. No sería oportuno que te manifiestes en esa oportunidad sobre el encuadramiento en el estatuto o no. Limitate a negar lo aducido por la contraparte, y hacer referencia a la existencia de locación de servicios con las particularidades que te expongo a continuación.
IMPORTANTE: No dejes de contemplar que la valiosa presunción del art. 23 LCT no rige para el caso de los domésticos, por lo que todos y cada uno de los hechos invocados por la eventual actora deberán ser objeto de precisa y rigurosa confirmación en instancia judicial. Al momento de contestar la demanda, y en orden a la existencia de una considerable antiguedad (5 años), no vas a poder desconocer totalmente la situación; esto es, tendrás que afirmar que la demandante prestaba servicios de limpieza, (en el marco de una locación de servicios) 1 vez (ej: de 8 a 12) a la semana, sin superar las 6 horas que requiere la 25.239 (de esta manera zafás de todas las obligaciones). Esto último es un ejemplo. Podés distribuir la carga horaria (siempre inferior a 6 horas semanales) en dos días. Eso queda a tu criterio. Saludos!
 #240021  por karidau
 
VICTORIA2004 escribió:
karidau escribió:una pregunta urgente de respuesta: una clienta mia recibe unTCL de su empleada domestica solicitando aclare relacion laboral, diciendo que trabaja desde hace 11 años de lunes a sabados de 8 a 12 y 15 hs siii 4 horas 15 min , y en realidad trbajaba 3 dias 3 horas por dia desde hace 5 años, como le respondo la TCL , niego relacion laboral o digo que no esta dentro del encuadre de decreto de SD, aunque ellos evidentemente con esos 15 min quisieron encuadrarlo , gcs , mi duda es si niego o no ?? ya que no le pagaba lo de la AFIP form 102 gcs
Hola
Te doy mi opinión. En el intercambio telegráfico negá toda relación de índole laboral o de SD. Sé escueto. No sería oportuno que te manifiestes en esa oportunidad sobre el encuadramiento en el estatuto o no. Limitate a negar lo aducido por la contraparte, y hacer referencia a la existencia de locación de servicios con las particularidades que te expongo a continuación.
IMPORTANTE: No dejes de contemplar que la valiosa presunción del art. 23 LCT no rige para el caso de los domésticos, por lo que todos y cada uno de los hechos invocados por la eventual actora deberán ser objeto de precisa y rigurosa confirmación en instancia judicial. Al momento de contestar la demanda, y en orden a la existencia de una considerable antiguedad (5 años), no vas a poder desconocer totalmente la situación; esto es, tendrás que afirmar que la demandante prestaba servicios de limpieza, (en el marco de una locación de servicios) 1 vez (ej: de 8 a 12) a la semana, sin superar las 6 horas que requiere la 25.239 (de esta manera zafás de todas las obligaciones). Esto último es un ejemplo. Podés distribuir la carga horaria (siempre inferior a 6 horas semanales) en dos días. Eso queda a tu criterio. Saludos!
Hola Victoria 2004 : Entonces niego todo para no dejar duda sobre relacion laboral de ningun tipo. Pero decis que aclare que si habia una locacion de servicios , me podes aclarar mas eso? por ejemplo niego todo y aclaro que si existia una locacion de servicios de limpieza por semana y?? gcs es la primera de servicio domestico que voy por la demandada asi que estoy aprendiendo un poco lo procesal en practica gcs mil
 #240091  por VICTORIA2004
 
Hola! Desconozco los términos precisos del tcl que le enviaron a tu cliente.
Sería bueno que lo transcribas literalmente.
Tu contestación tiene que estar dirigida a echar por tierra ambos régimenes (LCT y SM)En principio, negás que correponda aclaracion de situación laboral; negás que la fulana haya trabajado de tal hora a tal hora; etc. y seguidamente, agregás: "Lo aducido en su misiva no resiste un confronte airoso con la realidad (jaja) Ud. sólo ejecutó tareas de limpieza - principalmente planchado de ropa - los días sábados (por ej) de 8 a 12hs ... etc etc (es un idea, nada mas).
Lo que dice Dal también es correcto. O sea, tenés dos alternativas de defender a tu cliente. La elección de una u otra alternativa depende de cuánto comprometan los hechos a tu cliente. (las eventuales pruebas que pueda tener la doméstica).
a) Encuadre dentro de locación de servicio (de naturaleza doméstica) por más de 6 horas semanales: en este caso, vas a tener que regularizar el tiempo de servicios reconocido ante AFIP. No hay sanciones de naturaleza laboral (no te olvides que el dador de trabajo no tiene obligación de inscribirse como tal , como empleador, ante AFIP).
b) Encuadre dentro de locación de servicios, de naturaleza doméstica, por menos de 6 horas: no hay obligación fiscal alguna.
Si podés, comprate el librito de servicio doméstico de La Ley. Es bárbaro! Saludos y suerte.
 #240117  por karidau
 
mi idea era negar todo tipo de elacion laboral de dependencia alguna en la CD y luego en la eventual demamnda defenderla como locacion servicio por mas de seis horas o menos ya vere , pero siempre como dador de trabajo por horas . el TCL literalmente dice asi : ANTE NEGATIVA DE TAREAS INTIMO PLAZO 48 HORAS ACLARE SITUACION LABORAL BAJO APERCIBIMIENTO DE CONSIDERARME DESPEDIDA SU CULPA IGUAL PLAZO Y APERCIBIMIENTO ABONE SUELDOS DE JULIO Y AGOSTO 2008 Y AGUINALDO NUNCA PERCIBIDO. TODO DE ACUERDO A MI HORARIO DE TRABAJO DE LUNES A SABADOS DE 8 A 12,15HS Y MI FECHA REAL DE INGRESO EN JULIO DE 1997. --- respecto de tareas cumplidas solo aclara servicio domestico en el encabezamiento donde dice destinatario -actividad. No esta muy bien redactado el TCL pero ..., el tema es asi yo niego tener que aclarar relacion laboral niego adeudarle haberes ni sac niego horario de trabajo y dias de trabajo y lo mismo fecha de ingreso y agrego que se abstenga de inventar.....blablabla. y despues aclaro en la contestacio de demanda que me prestaba servicios de indole domesticas 2 dias 3 horas etc.... lo que pasa es que la empleada hace meses que no iba mas pq tiene un problema pulmonar que le impide trabajar tiene la mochila de oxigeno puesta y se ve que necesita plata , pero .... te parece ? gcs
 #240256  por DAL
 
Contá la verdad!!!!!!!!!!!
Y más con este antecedente de la enfermedad que contás!! Y que hace dos meses que no concurre. La sacas del estatuto con éxito, te ahorras dos sueldos, los SAC y las licencias por enfermedad. Yo creo que esta chica arregla!!Yo arreglaría con una indemnización equivalente a la que le tocara por su antiguedad. Es muy poca plata, y si tu cliente puede pagarlo, me parece que a la empleada le viene bien y el se queda tranquilo.
Saludos!!
 #240354  por amparito
 
Diego, yo creo que tendrías que iniciar el intercambio con un primer telegrama, denunciando la relación laboral, jornada cumplida (agregale un día) y salario percibido. Reclamá abone diferencia entre lo pagado y lo debido, intimá por vac y sac por períodos no prescriptos. NO podés fallar. Pero es indispensable como te dicen los compañeros que se de el requisito de días y horas trabajadas. lee el decreto 326 y su reglam. Suerte.
 #240433  por DAL
 
amparito escribió:Diego, yo creo que tendrías que iniciar el intercambio con un primer telegrama, denunciando la relación laboral, jornada cumplida (agregale un día) y salario percibido. Reclamá abone diferencia entre lo pagado y lo debido, intimá por vac y sac por períodos no prescriptos. NO podés fallar. Pero es indispensable como te dicen los compañeros que se de el requisito de días y horas trabajadas. lee el decreto 326 y su reglam. Suerte.

O sea, en otras palabras, como la ley estipula claramente que en tu caso la relación no es laboral y no lleva ninguna indemnización y por lo tanto los hipoteticos deudores no deben nada, MENTÍ y listo. Inventá una demanda, total no pasa nada. NO podés fallar??????????????'


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 #286829  por comision10
 
les hago una consulta una persona fuera del régimen de empleada doméstica le corresponde aguinaldo y vacaciones (trabaja 3 días por semana)
 #314751  por omarhm
 
hola diego, lo que podes hacer es agregarle un dia asi la podes incluir, asi hicimos nosotros con una persona en igual condicion.
 #314864  por DAL
 
Otro.
 #316366  por lauracar
 
estimados colegas necesito su ayuda, una sra. que me consulta por que trabajando de domestica, sufre un accidente, que le ocasiona politraumatismos varios, ocasionandole que la trasladen de urgencia al hospital velez sarfield, haciendole un monton de estudios, indicandole reposo abosoluto , por su cervical, aqui la cuestion esto sucede en los primeros dias de mayo del año pasado, la sra. de acuerdo el reposo indicado, no concurre al trabajo, con certificados que justifican la inasistencia,lo cual no fue mas a trabajar. con un intercambio telegrafico como de unas 12 cartas,nunca logra que le paguen ni siquiera su sueldo, para resumir lo lleva aun letrado qe solicito una audiencia de seclo, ofrecieron 1000, la pregunta como se procede en tribunal domestico?como debo hacer pedir audiencia en el trib domestico. gracias a los q me ayuden!!!!!!!!!!!