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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #316553  por soria ymedrano
 
tengo la siguiente duda, estoy reclamandole a una pyme la indemnizacion por despido inausado de un trabajador y en la liquidacion me reclama que no es correcto la indem. por falta de preaviso ya que las pymes estan exentas. Es correcto lo manifestado por la empleadora ?

desde ya les agradezco mucho sus opiniones
 #317146  por DAL
 
Naaaaaaaaaaaaaaaaa.


Sección VI

Preaviso

ARTICULO 95. — En las pequeñas empresas el preaviso se computará a partir del día siguiente al de su comunicación por escrito, y tendrá una duración de un (1) mes cualquiera fuere la antigüedad del trabajador.

Esta norma regirá exclusivamente para los trabajadores contratados a partir de la vigencia de la presente ley.

(ley 24467 texto original).
Fue derogado por ley 25887
 #1195795  por lorenacecilia
 
Perdón colega, pero en la 25887 encuentro que solo derogó el art. 92 de la ley 24467 no el 95... me indicaria de que artículo surge que deroga el art. 95? gracias!