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  • PRONTO DESPACHO

  • Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #316651  por Leandrogioia
 
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente: un cliente inicio un reclamo administrativo ante un municipio por horas extras adeudas, ante tal reclamo dicho municipio reconoció tales horas, pero nunca procedió al pago de la misma, en este caso: seria correcto interpone un pronto despacho? si es así, alguien tiene un modelo?
Desde ya muchísima gracias.
 #316776  por vickysiro
 
Si hizo un reconocimiento expreso de las horas debidas y tenes a tu favor una resolucion que lo establezca podes presentar un escrito solicitando se cumpla con lo resuelto, si en cambio no tenes acto administrativo anda x

INTERPONE PRONTO DESPACHO.-

MUNICIPALIDAD XX
SR. INTENDENTE
(O Sr. Director del area donde el expediente se encuentre)

ENCABEZAMIENTO...

Que atento el tiempo transcurrido y la falta de resolucion en tiempo legal del reclamo incoado, es que se ratifica la totalidad de lo manifestado en escrito/s precedente/s, se interpone pronto despacho de las actuaciones y se solicita se resuelva conforme ha sido peticionado.

Atentamente (si firma el cliente) Proveer de conformidad sera justicia (si firmas vos como letrado)



SALUDOS!!
 #319315  por Advocatus
 
Antes averiguaría si el expediente administrativo no fue enviado al H. Concejo Deliberante, ya que si se trata de horas extras de ejercicios vencidos -cómo seguramente debe ser- lo debe aprobar previamente dicho cuerpo colegiado.
 #319740  por catucha
 
Hago una acotación. Una vez que presentaste el PRONTO DESPACHO tenés que esperar el plazo para la denegatoria tácita. Si vencido dicho plazo no te contestan considerás que es negativo le pedido y tenés habilitada la vía contenciosa p0ra reclamar judicialmente. OJO EL PRONTO DESPACHO SOLO HABILITA UNA VEZ LA VIA, NO SE PUEDE VOLVER A PRESENTAR OTRO¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
Si ya había acto de reconocimiento de las hs. extras y no lo pagaron inicias un cobro de pesos, por lo menos en mi provincia se hace una liquidación y reclamas jdicialmente el pago porque ya hay acto administrativo que le da causa la derecho al cobor.