Hola el caso es el siguiente, trabajor en negro, registrado, en fecha posterior a la real, se efectuaron las intimaciones correpondientes hasta que el trabajdor se da por despedido. Ahora el empleador lo intima a travez del Ministerio del trabajo para que reciba la liquidacion final, certificaciones de servicios y recibos de sueldo.- Debe aceptar ese dinero y se considera a cuenta para el juicio laboral o debe ser rechazado.- Gracias
yela