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  • AYUDA LO DOY POR DESPEDIDO???

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #318151  por Dra_Nieva
 
HOLA VUELVO CON UN TEMA QUE YA HABVIA CONSULTADO PERO LAS COSAS CAMBIARON MI CLIENTA ESTUVO INTERNADO POR UN CUADRO DEPRESIVO SEVERO A TODO ESTO NUNCA LA EMPRESA LE RECONOCIO QUE LA ENFERMEDAD ERA PROVENIENTE DEL STRESS LABORAL Y CUANDO COMENZO A FALTAR AHI NO LE ABONO MAS NADA NI LOS TRES MESES QUE LE CORRESPONDIAN POR ENFERMEDAD NI NADA. SE MANDARON MILLONES DE CD AHORA ESTAMOS ESPERANDO DICTAMEN DE LA COMISION MEDICA. HACE UNA SEMANA MI CLIENT ALE DAN EL ALTA POR LA INTERNACION QUE LE ORDENO LA PSIQUIATRA QUE LO ATIENDE.
AHORA LA CUESTION ES ASI
EL EMPLEADOR DE MI CLIENTA LE NOTIFICA FEHACIENTEMENTE QUE QUIERE QUE SE PRESENTE A UN CONTROL MEDICO PERO OBVIO ELLA NO QUIERE PRESENTARSE A MAS EXAMENES, APARTE SABEMOS QUE SEGURO ELLOS LE VAN A DAR EL ALTA COMO YA SE HA PRESENTADO EN OTRAS OPORTUNIDADES Y YO ESTABA ESPERANDO EL DICTAMEN DE LA COMISION PARTA DARLA POR DESPEDIDA.

PERO ESTO PUEDE TARDAR... A TODO ESTO LES COMENTO QUE AL COMIENZO MANDE TELEGRAMA PORQUE RECIBIA LA MITAD DEL SUELDO EN NEGRO, HICE LA DENUNCIA AFIP CONFORME LEY 24.013 Y LOS RECLAMOS POR HORAS EXTRAS ADEUDADAS, ADEMAS DEL MOBBING LABORAL.
AHOR A MI CLIENTA NO ESTA MUY BIEN PSICOLOGICAMENTE Y ESTARIA EN RESERVA DE PUESTO CREEN QUE SERIA MEJOR QUE LA DE POR DESPEDIDA??
YO SE QUE DESPUES NO HAY VUELTA ATRAS PERO QUE VOY ESPERAR SI ELLOS NO ABONAN NADA CADA VEZ LE VA CORRESPONDER MENOS A MI CLIENTA.
PERDON POR LO EXTENSO, NECESITO CONSEJOS PORQUE LA CITAN PARA LA SEMANA QUE VIENE PARA UN CONTROL.
MILLONES DE GRACIAS
ESPERO CONSEJOS Y OPINIONES
SALUTES!!!!!
 #318169  por walterius
 
Hola! Mirá yo tengo un caso praticamente calcado solo que mi cliente no estuvo internado y hoy está con la demanda en trámite. Hay que ir sobre seguro para no quedar mal parado y darle elementos a la contraria. Respecto del control, la empleadora tiene derecho no solo a supervisar las licencias otorgadas sino también a un control respecto del alta médica. No obstante ello, no hay NADIE mejor que los profesionales tratantes de la dolencia de tu cliente para deteminar lo que mejor le corresponda en cuanto al tratamiento, pero creo que no podés evitar ir al control que te solicitan. (PEDI CONSTANCIA DE LA PRESENTACIÓN A DICHO CONTROL!) OJO que los médicos de tu cliente le extiendan y certifiquen el "ALTA MEDICA LABORAL". POR otra parte decis que no le abonaron los salarios o que se los abonaron irregularmente. Tené en cuenta que no pueden descontarle NINGUN tipo de bonificación, premio, presentismo, puntualidad etc.) Ya que el salario de quien padece una enfermedad no puede verse disminuido por la licencia. Ahora, si ya intimaste a que abonen salario en justo importe y no lo hacen, tenés, a parte del mobbing que manifestas, y de la falta de regularización de la relación otro elemento fundamental, cual es la falta de pago en forma del salario del trabajador con lo cual tendrías la posibilidad de considerarlo despedido. Tratá de ser congruente con todo lo que pediste en el intercambio. Es decir que antes de considerarla despedida se cumpla la causal objetiva denunciada por vos en la intimación. Se entiende? Slds
 #318195  por Dra_Nieva
 
Estimado waterius hace mas de tres meses que estamos en esto y con las intimaciones de pagos de horas y salarios adeudados y no le pagan nada y desconocen que le adeuden suma alguna.
Lo que yo lei por ahi es que el control lo deben realizar en el domicilio y no tiene porq el trabajador ir a las clinicas que elos dispongan vos sabes algo del tema???
Si yo creo que no da para mas de darle por despedida para no quiero hacer macana
Agradezco tu info y por ahi te sigo preguntando ya que tenes algo parecido y me podes dar una mano
mil gracias
un beso
 #318565  por walterius
 
mIRÁ si ya intimaste al pago, y no te cumplen la vas a tener que considerar despedida. Yo que vos la intimo por ultima vez para que dentro del término de 2 días habiles abonen la dif bajo aperc de considerala despedida. Por lo menos demostras que hasta último momento mostraste predisposición por no romper el contrato laboral. En cuanto al Alta. si ya se lo dieron sus medicos. No tiene por que no ir a la consulta con el médico de la empresa. Ojo con eso. Mandala a la revisación. para que no quede como que no cumplio con la requisitoria y derecho del empleador. slds. Cualquier cosa despues la seguimos ya que me están llamando en este mismo momento. slds
 #318576  por airis
 
Hola disculpen que me meta sin tener experiencia, pero el Alta es por la internacion solamente, no sigue con licencia ambulatoria? porque es raro que despues de una internacion el Alta sea definitiva. Cuando se presente a la revisacion la van a presionar mucho porque es Stress laboral, tiene que ir bien preparada por el Profesional que la atiende. En el Certificado se tiene que jugar y poner aparte de la patologia que tiene sea Depresion, Trastorno de Angustia, etc., Stress Laboral. Que concurra sin pintarse, ni siquiera las uñas, parece tonto lo que digo pero tengo años de trabajo y conozco como tratan los medicos legistas a compañeros de trabajo .
 #318625  por walterius
 
Hola! Yo entendí que el Alta no solo era por la internación sino como "alta médica laboral" y me parece correcto lo que decis en cuanto a que se presente en tales condiciones. De todas formas si la internaron es porque seguramente habrá estado bastante mal, con lo cual no tendrá que ir muy preparada. Pero no está demás repasar un poco con el/la cliente antes de ir a la consulta. slds
 #318646  por DAL
 
Walterius impecable tus comentarios y recomendaciones.
Dra.Nieva: no omitas presentarla al control.
Este tema, de estar o no obligado a ir o si tiene que ir el médico al domicilio lo estudio bien RAfaela, en un caso donde el control médico, creo, era en otra ciudad.
Si vas a aconsejar a tu clienta que no se someta al estudio médico, más vale que no sea por algo que leiste "por ahi". En mi opinion, salvo excepciones ( inmovilidad, por ejemplo) debe presentarse. Es un derecho del empleador y una carga del trabajador. Tene cuidado con lo que les decis porque la gente despues hace lo que quiere y lo primero que dice es "a mi la abogada me dijo que no vaya", y no escuchan nada más.

Saludos!!
 #318700  por Dra_Nieva
 
A todos muchas gracias ya gradezcos sus sabios y acertados consejos pero como la paciente como les comente inicio accion ante la comision medica, eso lo hizo antes de contratar mis servicios ahora estamos esperando el dictamen y conversando con personal d eministerio de trabajo y de SRT me dijieron que ahora se rige por la ley de riesgo de trabajo por lo que hasta el momento que se expida la comision medica el empleador no esta amaprado por esa normativa del art. 210 ya que hay un expediente administrativo y hasta ese momento se debe regir por la ley de riesgo del trabajo. Yo le aconsejo que vaya pero es mi clienta la que no quiere ir porq dicen que ni lo examinan y le dan el alta, pero ante esta situacion de la comision medica creo que el control que puedan hacer no se si sera bueno para mi clienta,a demas como dicen no tiene el alta definitiva tiene solo ambulatoria y hace una semana que fue sometida al control psicologico de la SRT. la verdad es la primera vez que me pasa algo asi. Muchas gracias a todos por sus prontas respuestas!!
Un beso grande!!!!