Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • QUE CONVENIO ALOS EMPLEADOS DE ESTUDIO JURIDICO??

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #318843  por "doctoraZA"
 
HOLA COLEGAS lo mio siempre complicado...!!!! :shock: jajaja tengo una colega que trabajaba en un importante estudio juridico de Capital Federal, me surge la duda que convenio aplicar?. porsupuesto estaba en negro.- alguien tuvo un caso similar? como prueban el mobbing?? gracias totales ( esta como prestadora de servicios... prosperara la demanda si invoco el fraude laboral ??? que opinan???
 #318855  por klaudia7
 
Hola Gi!!, naaaa no es complicado, me parece que no tenemos un CCT acorde a nuestra actividad, en este caso aplicaría el 130/75, igual espera más opiniones, el tema se trato el año pasado aquí pero no encuentro el topic correspondiente...
Por qué queres aplicar el moobing? Que padecimientos tiene o tuvo? Fue al médico/ sicologo?
 #318863  por "doctoraZA"
 
hola klaudisss, si pero mira donde voy a meter la cabezaaa jajaja.- Me surge la duda porque nuestra actividad esta considerada fuera del comercio, por eso estamos exentos de habilitacion municipal y esas cosas.- por eso dudo del 130/75.....- respecto el moobing sufrio acoso todo el tiempo, si... y ya hubo varias q se fueron asi.- pero no se q es lo determinante para probar el mobbing.-
PD: cambiando de tema, sigo trabajando en el nuevo local.... pronto voy a postear la invitacion formal para la gran inauguracion.... y vos estas cerquita asi q te-es-pe-ro!!!! :mrgreen:
 #318867  por klaudia7
 
[quote=""doctoraZA""]
PD: cambiando de tema, sigo trabajando en el nuevo local.... pronto voy a postear la invitacion formal para la gran inauguracion.... y vos estas cerquita asi q te-es-pe-ro!!!! :mrgreen:[/quote]

Me alegro mucho por el nuevo local, pronto que es? Aunque este lejos voy a la inauguración.
 #319893  por optcsa
 
CCT 130/75. Hay diversos fallos contra estudios que asi lo confirman, en especial uno del 23/05/06, al decir: "...Advertido de que el art. 2 inc. c CCT. 130/1975 incluye expresamente en su ámbito de aplicación a los empleados de "estudios jurídicos y/o contables", correspondía a la accionada acreditar que no se hallaba representada en la suscripción de dicha convención, pero ninguna prueba invoca la recurrente en este sentido, por lo que propicio confirmar la sentencia sobre este punto (art. 377 Ver Texto CPCCN.)..." (CNAT, sala 7ª, Fecha: 23/05/2006, Partes: Q., B. J. v. C., F. M. y otros, Publicado: RDLSS 2006-15-1389. )
 #335248  por seepyc
 
Los ponen en empleados de comercio por que el convenio en menor a cualquier otro, nos estamos creando el gremio de empleados de estudios profesionales pero todavia no tenemos convenio colectivo, hay quienes argumentaron que al firmar el convenio colectivo de comercio no hubo representante alguno de esa actividad por lo que no es valido. fijate si encontras algo de eso, lo podes encarar por ahi ya que si no la liquidacion es muy baja. Si alguien se quiere afiliar a nuestro gremio te paso ma datos por e.mail. Saludos.-
 #335634  por DAL
 
DoctoraZa: concluyente, como concluyente en el mobbing tenes la pericia médica psiquiatrica. Sin eso, no hay mobbing.

Que bien por lo del estudio!!