Gente: me entró una duda. Mi cliente se consideró despedido durante el goce de vacaciones.
Hubo intercambio epistolar a los fines de la regularización (24.013). el problema surgió porque de lo que realmente cobra, solo una porción muy chica está blanqueada y cuando se tomó las vacaciones, le pagaron por adelantado (conforme a derecho) pero solo por la parte en blanco. En síntesis, mi cliente debía reintegrarse de sus vacaciones un 15/02 y el 10/02 se dió por despedido. Que pasa con esos días que no gozó, porque si bien se desvincula antes, ya le habían pagado los 15 días (calculados solo por el blanco), yo estoy reclamando diferencia por reliquidación de vacaciones entre lo que correspondía que cobre y lo que cobró pero me quedan colgados esos 4 días que no se que pasa? El distracto es el día 10/02, no? Se me hizo un matete. disculpen, probablemente sea mas una cuestion de sentido comun, pero ya a esta altura no razono mas, jaja
Hubo intercambio epistolar a los fines de la regularización (24.013). el problema surgió porque de lo que realmente cobra, solo una porción muy chica está blanqueada y cuando se tomó las vacaciones, le pagaron por adelantado (conforme a derecho) pero solo por la parte en blanco. En síntesis, mi cliente debía reintegrarse de sus vacaciones un 15/02 y el 10/02 se dió por despedido. Que pasa con esos días que no gozó, porque si bien se desvincula antes, ya le habían pagado los 15 días (calculados solo por el blanco), yo estoy reclamando diferencia por reliquidación de vacaciones entre lo que correspondía que cobre y lo que cobró pero me quedan colgados esos 4 días que no se que pasa? El distracto es el día 10/02, no? Se me hizo un matete. disculpen, probablemente sea mas una cuestion de sentido comun, pero ya a esta altura no razono mas, jaja