Hola, mi consulta es la siguiente. Llego un cliente al cual lo notifican por una demanda de divorcio contradictorio. Ese mismo día vencía el plazo para contestar. En mi apuro y debido a mi falta de experiencia no analizo bien el contenido de la cedula.
Ahora que la veo bien, la cedula contiene los datos del divorcio y acompaña copias de exposición civil y de una demanda sobre exclusión del hogar contra mi cliente.
Presento un escrito contestando, pero sobre los hechos de la exclusión del hogar. Dado que en ese primer momento no me di cuenta del error que había cometido.
Es decir, a la demanda de divorcio contradictorio contesto con un escrito sobre exclusión del hogar. Aclaro que la cedula del divorcio no acompañaba copia de la demanda.
Luego solicito el expte. Sobre exclusión del hogar que tramita en el mismo tribunal y veo que la actora ya informó que el Sr. se había retirado de la casa.
Entiendo que cometí un grave error al no analizar bien la cedula del divorcio y contestar pensando que se trataba sobre una exclusión.
En este caso mi cliente perdió definitivamente el derecho a contestar la demanda de divorcio contradictorio?
Ahora que la veo bien, la cedula contiene los datos del divorcio y acompaña copias de exposición civil y de una demanda sobre exclusión del hogar contra mi cliente.
Presento un escrito contestando, pero sobre los hechos de la exclusión del hogar. Dado que en ese primer momento no me di cuenta del error que había cometido.
Es decir, a la demanda de divorcio contradictorio contesto con un escrito sobre exclusión del hogar. Aclaro que la cedula del divorcio no acompañaba copia de la demanda.
Luego solicito el expte. Sobre exclusión del hogar que tramita en el mismo tribunal y veo que la actora ya informó que el Sr. se había retirado de la casa.
Entiendo que cometí un grave error al no analizar bien la cedula del divorcio y contestar pensando que se trataba sobre una exclusión.
En este caso mi cliente perdió definitivamente el derecho a contestar la demanda de divorcio contradictorio?