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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #317652  por draserrano
 
BUENAS.....NECESITO AYUDA PLEASE!!!
CONSULTA: SI EN UN CONVENIO DE HONORARIOS DE DERECHO LABORAL EN CAP FED PACTO UN HONORARIO DEL 25%, SIENDO EL TOPE EL 20%, ESE CONVENIO:
a) ES VALIDO HASTA EL 20%, Y QUEDA "NULO" -x asi decirlo- EN EL 5% Q EXCEDE.
b) ES NULO EN SU TOTALIDAD
C)??????????????

DESDE YA MIL GRACIAS!!!!!!!!!!!
 #318122  por PATCER
 
Estimada colega: Lo que debes hacer es un pacto de cuotalitis, siendo si o si su maximo % 20. Te conviene incluirlo en el escrito de inicio, recorda que tu cliente lo debe ratificar en el juzgado que deberá de homologartelo. Ese 20 % se cobra solo si resultas vencedora. Luego contas con la regulación de honorarios.
Suerte !!!!
 #320597  por gia234
 
En materia laboral las normas son de orden público.
Si no esta ratificado y homologado y con el tope del 20% será nulo. Ver art. 277 LCT.