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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #320660  por KELYNA
 
Ayer inicie un post, sobre un problema de competencia territorial que se me esta presentando:

Les pido amablemente, si hay alguien que me pueda ayudar, le agradecere un monton la ayuda brindada:

Inicie hace una semana un juicio consignando la liquidación final de un trabajador que fue despedido en el Depto de San Martin, en virtud de lo establecido por el art 3 ultimo parrafo de la ley 11653 (si la demanda es deducida por el empleador deberá entablarce ante el tribunal del lugar del domicilio del trabajador), como el trabajador tiene domicilio en la localidad de Villa de Mayo, Partido de Malvinas Argentinas, me fije en la pagina de la Suprema corte, y me indica que Malvinas Argentinas pertenece al Depto de San Martin.-

Detalle en un punto de la demanda que correspondia a la competencia del Tribunal de San Martin, y me sacan un primer despacho con un previo, intimandome a que efectue las aclaraciones pertinentes por los cuales considero que la competencia territorial corresponde a estos Tribunales de San Martin, bajo apercibimiento de ley art 27 ley 11653).-

Tengo que contestar la intimación, pero creo que estoy en lo correcto, inicie en el tribunal que corresponde al domicilio del trabajador (Villa de Mayo...Partido Malvinas Argentinas...según pagina de Corte competencia de San Martin).?

Desde ya les agradezco su ayuda, saludos cordiales.-
 #320670  por tomas26
 
El Departamento judicial de San Martín es uno de los 18 departamentos judiciales en los que está dividida la Provincia de Buenos Aires, Argentina.

Abarca el territorio de los partidos de José C. Paz, Malvinas Argentinas, San Martín, San Miguel y Tres de Febrero, en un área de 1.513.559 habitantes (INDEC, 2001).

En ella intervienen el Fuero Penal, Fuero de Familia, Fuero Civil, Fuero de Menores y Fuero Laboral.

Espero te sirva y suerte Kelyna.
 #320684  por KELYNA
 
El tema es que para mi es competencia de San Martin, de acuerdo a la pagina de la Corte, porque el domicilio del trabajador es Villa de Mayo partido de Malvinas Argentinas, y este Partido es de competencia en San Martin. Pero igual el tribunal me saco un previo.

De todas formas gracias por responder.-
 #320693  por tomas26
 
Si kelyna, es competencia de San Martin, contesta la intimacion. y explicale lo mismo que le pusiste en la demanda.
Hablaste con el despachante de ese proveido?.
 #320694  por KELYNA
 
no aun no pude hablar, igual se lo especifique en la demanda, y aun no me llego la cedula, vi el despacho por internet, de todas formas seguramente voy a ir personalmente a hablarlo con quien lo lleva, gracias.-
 #320696  por tomas26
 
De nada, seguro que hablando con la persona lo solucionas, por la dudas llevate impresa la distribucion de la competencia territorial en mano con mapa y todo. :mrgreen:
 #321892  por ALEJANDRA VALLADARES
 
perdón, pero si la demanda la iniciaste vos por el trabajador, vos sos la actora, o sea que debés respetar el punto a, b y c del art. 3 ley 11653. Acá la demanda no es deducida por el empleador...debés remitirte a la competencia del domicilio del demandado (empleador), lugar de prestación del trabajo, o lugar de celebración del contrato.
me parece que ahí está tu problema.
Podés declarar que el contrato de trabajo se celebró en San Martín, que sería la aclaración que te está pidiendo el juzgado. A mi el laboral 4 no me hizo problemas, y había denunciado por error un domicilio que correspondía a San Isidro (por unas 2 cuadras de límite con San Martín)...
Si te lo rebotan, te lo van a derivar al juzgado que crean que corresponde por competencia. saludos. Alejandra
KELYNA escribió:Ayer inicie un post, sobre un problema de competencia territorial que se me esta presentando:

Les pido amablemente, si hay alguien que me pueda ayudar, le agradecere un monton la ayuda brindada:

Inicie hace una semana un juicio consignando la liquidación final de un trabajador que fue despedido en el Depto de San Martin, en virtud de lo establecido por el art 3 ultimo parrafo de la ley 11653 (si la demanda es deducida por el empleador deberá entablarce ante el tribunal del lugar del domicilio del trabajador), como el trabajador tiene domicilio en la localidad de Villa de Mayo, Partido de Malvinas Argentinas, me fije en la pagina de la Suprema corte, y me indica que Malvinas Argentinas pertenece al Depto de San Martin.-

Detalle en un punto de la demanda que correspondia a la competencia del Tribunal de San Martin, y me sacan un primer despacho con un previo, intimandome a que efectue las aclaraciones pertinentes por los cuales considero que la competencia territorial corresponde a estos Tribunales de San Martin, bajo apercibimiento de ley art 27 ley 11653).-

Tengo que contestar la intimación, pero creo que estoy en lo correcto, inicie en el tribunal que corresponde al domicilio del trabajador (Villa de Mayo...Partido Malvinas Argentinas...según pagina de Corte competencia de San Martin).?

Desde ya les agradezco su ayuda, saludos cordiales.-
 #322429  por KELYNA
 
ALejandra, el juicio es de consignación y yo voy por la empleadora, gracias de todas formas, saludos cordiales.-
 #322431  por DoctorPiccafeces
 
Hay tribunales del trabajo en San Miguel, que si bien están dentro del Depto Judicial San Martín, no es lo mismo. Fijate si por el domicilio del empleado le correspondería la radicación ahí.
 #322436  por DoctorPiccafeces
 
ARTICULO 3º: Sustituyese el artículo 26 de la Ley 5827- Orgánica Del Poder Judicial- (T. O. Decreto 3.702/93), por el siguiente:



“Artículo 26: Los Tribunales del Trabajo ejercerán jurisdicción con la siguiente competencia territorial:

Los de la ciudad de Avellaneda en el partido del mismo nombre.
Los de la ciudad de Azul sobre los partidos de Azul, Las Flores, Rauch, General Alvear y Tapalqué.
Los de la ciudad de Bahía Blanca sobre los partidos de Bahía Blanca, Coronel de Marina Leonardo Rosales, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Monte Hermoso, Patagones, Tornquist y Villarino.
El de la ciudad de Bragado sobre los partidos de Alberti, Bragado, Nueve de Julio y Veinticinco de Mayo.
El de la ciudad de Dolores sobre los partidos de Ayacucho, Castelli, Chascomús, Dolores, General Belgrano, General Guido, General Lavalle, General Madariaga, Maipú, Municipio de la Costa, Pinamar, Pila, Tordillo y Villa Gesell.
Los de la ciudad de General San Martín sobre los partidos de General San Martín y Tres de Febrero.
Los de la ciudad de San Miguel sobre los partidos de San Miguel, José C. Paz y Malvinas Argentinas.

Si el trabajador vive en Malvinas Argentinas, tenés que ir a San Miguel, al receptoría laboral de San Miguel funciona en el TT1 y la dirección está en la página web de scba.
Exitos.
 #325087  por KELYNA
 
Gracias Doctor picafeces, evidentemente, debi iniciarlo en San Miguel, como aún no me llegó la cédula voy a ir al Tribunal a plantearlo , aver si lo remiten.
 #325566  por cggaray
 
KELYNA escribió:Ayer inicie un post, sobre un problema de competencia territorial que se me esta presentando:

Les pido amablemente, si hay alguien que me pueda ayudar, le agradecere un monton la ayuda brindada:

Inicie hace una semana un juicio consignando la liquidación final de un trabajador que fue despedido en el Depto de San Martin, en virtud de lo establecido por el art 3 ultimo parrafo de la ley 11653 (si la demanda es deducida por el empleador deberá entablarce ante el tribunal del lugar del domicilio del trabajador), como el trabajador tiene domicilio en la localidad de Villa de Mayo, Partido de Malvinas Argentinas, me fije en la pagina de la Suprema corte, y me indica que Malvinas Argentinas pertenece al Depto de San Martin.-

Detalle en un punto de la demanda que correspondia a la competencia del Tribunal de San Martin, y me sacan un primer despacho con un previo, intimandome a que efectue las aclaraciones pertinentes por los cuales considero que la competencia territorial corresponde a estos Tribunales de San Martin, bajo apercibimiento de ley art 27 ley 11653).-

Tengo que contestar la intimación, pero creo que estoy en lo correcto, inicie en el tribunal que corresponde al domicilio del trabajador (Villa de Mayo...Partido Malvinas Argentinas...según pagina de Corte competencia de San Martin).?

Desde ya les agradezco su ayuda, saludos cordiales.-
Fija la competencia en base al domicilio de la empleadora que es la actora en este caso.