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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #31510  por marisilvera
 
Hola a todos, les comento: Sra nacida el 23/10/43 , con incripcion en autonomo en categoria 307 desde el 09/89 al 11/95, y con reconocimiento de servicios en relacion de dependencia desde 08/63 al 11/76.

Sit. Revista:05/78 a 11/95 cat 307 (sin aplicar ampliacion de periodo)
Renuncia art1 25321: 10/93 a 11/95
Art 3 24476: 05/78 al 04/85

De esta manera tendria 15 años 6 meses en moratoria, 1 año 6 meses por excedente de edad y 13 años 4 meses por reconocimiento de servicios. Sobran algunos meses por cualquier cosa, pero segun su opinion esta bien? les consulto porque tengo el turno pronto. Saludos y gracias.

 #31877  por marisilvera
 
EL TURNO ES ESTA SEMANA. POR FAVOR NECESITO SUS SABIAS OPINIONES . GRACIAS.!!!!!!

 #31967  por norabe
 
Me parece o te sobran 7 meses?Con un mes de más es suficiente.
Yo sigo ampliando, sobre todo si va por turno... por las dudas.
Enb lo personal trato de aprovechar los períodos baratos: en sicam I pondría art 3 del 06/77 a 08/80 y 04/84 a 12/85;
y el período original 09/89 a 11/95
y en beneficios: art 3 09/89 a 08/91 y prescripción del 10/93 a 11/95
Luego ampliaría para comprar el resto: 11/61 a 07/63; 12/76 a 05/77 Y 09/80 a 03/84; si no me falló el cálculo, sobra un mes y tenés una diferncia en la cuota de (creo) $ 20. Controlalo.

 #32065  por marisilvera
 
Gracias¡¡¡, te comento que en un principio trate de hacerlo ampliando periodos, en sicam I (sicam I es el original no? a eso se refiere?)denuncie la situacion original y renuncie a lo posterior al 10/93 , luego hice la ampliacion por los años que me faltaban ya que hay aportes en rel dep. y el exc de edad ,pero cuando quise aplicar el art 3 a los periodos ampliados el sistema no me lo permitio, consulte y me aconsejaron que no ampliara e invocara la circular 69. Espero que haya sido clara en la explicacion. Que opinas? Gracias

 #32172  por norabe
 
Hola, el período de la ddjj va en sicam I, la parte ampliada no admite beneficios por eso no te lo toma, en ampliación solo compras lo que necesitas. si te fijas no se superpone con la rrdd ninguno de los períodos que sugerí. :wink:

 #32348  por marisilvera
 
GRACIAS !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!