HOla. Les contesto a las dos. NO PUEDE TENER DOS JUBILACIONES, porque el sistema integrado no lo permite. Pero sí puede hacer la J.O. en la AFJP y así retirar lo que capitalizó alli.
Además, si denunció que siguió trabajando y el cargo que tuvo posteriormente durante al menos un año, es superior al cargo por el que se jubiló, puede pedir el reajuste de su jubilación, por el contrario, si bien puede hacer el reco y agregarlo a la jubilacion, no le va a modificar el haber.